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Informaciones Urbanísticas

Solicitud de información urbanística de:
- Información urbanística de calificación.
- Información urbanística de uso.
- Consulta previa a la elaboración de la documentación técnica necesaria para solicitar una licencia o presentar declaración responsable de obras.
Ver descripción en documento adjunto de -Información detallada-

¿Quién lo puede solicitar?

Todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, están sujetas al deber previo de obtener licencia o, en su caso, a la presentación de declaración responsable o comunicación, para la realización de cualquier acto de edificación y/o de uso del suelo, incluido el vuelo y el subsuelo, salvo para los actos excluidos, recogidos en el artículo 57 de la presente Ordenanza.
Todos los interesados podrán actuar por medio de representante, según lo establecido en el artículo 5 de la Ley 39/2015.

  • Fecha de solicitud:En cualquier momento
  • Plazo de resolución:1 mes
  • Plazo de validez y recurso:Recurso
    No procede la interposición de recurso.

Documentación necesaria

Ver documentación en documento adjunto de -Información detallada-

Obligaciones económicas

Conforme a Ordenanza fiscal, nº 15.

Silencio Administrativo

  • Efecto: Desestimatorio
  • Órgano de resolución: Gerente Municipal de Urbanismo, según los casos.

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • PRESENTAR DOCUMENTACIÓN:

    Para las personas físicas:
    -En la propia sede de la GMU: Puede asistir directamente al mostrador de entrada para recoger un número de atención en el mismo día, o bien, sí desea ser atendido un día y hora determinado, puede solicitar Cita Previa IMPRESCINDIBLE DNI y (en su caso) ACREDITACIÓN DE REPRESENTACIÓN

    -En cualquiera de los Registros señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

    - A través de Registro electrónico del Ayuntamiento de Málaga adjuntando los impresos (ver apartado impresos)

  • Deberá abonarse el 100% de las tasas en el momento de la presentación de la solicitud de licencia de obras, de conformidad con los artículos 3.a y 13 de la Ordenanza Fiscal nº 15.

    OBTENCIÓN DE LA CARTA DE PAGO Y EL ABONO DE LAS TASAS:

      a) Obtener carta de pago presencialmente: Debe personarse, con el formulario/solicitud de licencia cumplimentado, en la Sede de la GMU, sita en Paseo Antonio Machado 12, solicitando número para la Mesa Tributaria (letra C) en el mostrador de información, de lunes a viernes de 9:30 a 13:30, pudiendo realizar el pago en ese momento,únicamente con tarjeta bancaria.

      b) Obtener previamente la carta de pago a través de la web de la GMU: mediante el Asistente Tributario de Urbanismo (ATU). El pago se podrá efectuar:
          - Pago en línea: Una vez obtenida la carta de pago, se podrá realizar el pago online mediante tarjeta bancaria.
          - Pago presencial: Con la carta de pago obtenida, se podrá realizar el abono en la propia GMU (solo con tarjeta bancaria), así como en Cajeros Automáticos y en Sucursales de Entidades Colaboradoras.

  • Revisión por parte de la Administración de la documentación técnica y administrativa que acompaña a la solicitud.
  • Entrega del formulario normalizado acompañado de la documentación necesaria recogida en el anexo II.2.10 de la OMLU.
  • En el supuesto de que la documentación que acompaña a la solicitud esté incompleta o insuficiente, se le entregará acta de comparecencia, con la documentación necesaria para el trámite concreto.
  • Las notificaciones de los actos que puedan surgir del presente procedimiento, para los sujetos recogidos en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 y que hayan elegido el medio de notificación en papel, se practicarán en soporte papel y también a través de la Sede Electrónica, para lo que le recomendamos que facilite una dirección de correo electrónico, a los efectos de enviar un aviso, de puesta a disposición de su notificación en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Málaga.

Procedimiento con certificado digital:

  • Este procedimiento es obligatorio para toda persona jurídica, profesionales colegiados y sujetos obligados por el Art. 14.2 de la Ley 39/2015,no obstante las personas físicas, igualmente, pueden hacer uso de este procedimiento en Sede.

    Para la tramitación electrónica, es condición previa tener instalado un certificado digital en el navegador.

  • Acceda al trámite:Información Urbanística de Uso

Lugares de tramitación



  • Negociado de Registro General (Secretaría General)

    Avenida de Cervantes, nº 4