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Autorización de Espectáculo Público o Actividad Recreativa Ocasional o Extraordinario en un establecimiento.

Procedimiento para regular las autorizaciones para la celebración de espectáculos o actividades recreativas ocasionales o extraordinarios en un establecimiento y las actuaciones en directo de pequeño formato.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier interesado que cumpla los requisitos necesarios.

  • Fecha de solicitud: Con una antelación mínima de 30 días respecto a la celebración del evento
  • Plazo de resolución: La resolución de autorización se dictará antes del inicio de la actividad.

Documentación necesaria

· Autorización de Espectáculo Público o Actividad Recreativa Ocasional o Extraordinario en un establecimiento: Impreso de Solicitud de Autorización de Espectáculo Público o Actividad Recreativa Ocasional o Extraordinario, según modelo normalizado (por duplicado) suscrito por el titular de la actividad o representante debidamente autorizado, junto a la documentación requerida en la solicitud.

· Actuaciones en Directo de Pequeño Formato: Impreso de Solicitud de Autorización de Espectáculo Público o Actividad Recreativa Ocasional o Extraordinario (solicitud de actuación en directo de pequeño formato), según modelo normalizado (por duplicado) suscrito por el titular de la actividad o representante debidamente autorizado, junto a la documentación requerida en la solicitud.

Obligaciones económicas

Pago de las tasas municipales según lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal nº 16 en vigor.

Silencio Administrativo

  • Efecto: Desestimatorio
  • Órgano de instrucción: Jefatura del Servicio de Aperturas
  • Órgano de resolución: Director General del Área de Comercio, Gestión de la vía pública y fomento de la actividad empresarial.

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Presentar el impreso de Solicitud de Autorización de Espectáculo Publico o Actividad Recreativa Ocasional o Extraordinario, según modelo normalizado (por duplicado) debidamente cumplimentado, suscrito por el titular de la actividad o representante autorizado y acompañado de la documentación necesaria.
  • Obtener copia registrada de su presentación.
  • En caso de que la documentación presentada este incompleta se le requerirá su subsanación mediante notificación por escrito.
  • Una vez realizadas las comprobaciones necesarias, si procede, se emitirá Resolución concediendo la Autorización solicitada.

Procedimiento con certificado digital:

  • Acceda al trámite
  • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario
  • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
  • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
  • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

Lugares de tramitación



Legislación aplicable:

  • Real Decreto 842/02, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.

    BOE nº 224 de 18 de septiembre de 2002

  • Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

    BOE nº 267 de 6 de noviembre de 1982

  • Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.

    BOE nº 72 de 24 de marzo de 2007

  • Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.

    BOE nº 74 de 28 de marzo de 2006 y BOE nº 22 de 25 de enero de 2008 (Corrección de errores y erratas)

  • Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario.

    BOJA nº 137 de 12 de julio de 2007

  • Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

    BOJA nº 66 de 7 de abril de 2010

  • Decreto 109/2005. de 26 de abril, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

    BOJA nº 92 de 13 de mayo de 2005

  • Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre

    BOJA número 150 (3 de agosto de 2018)

  • Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.

    BOJA número 152 de 31 de diciembre de 1999

  • Decreto 6/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía.

    BOJA número 24 (6 de febrero de 2012)

  • Ordenanza Municipal frente a la Contaminación Atmosférica.

    BOP de 23 de marzo de 1994

  • Ordenanza Municipal Reguladora de Accesibilidad del Municipio de Málaga.

    BOP nº 35 de 20 de febrero de 2004

  • Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios de Málaga.

    BOP nº 40 de 2 de marzo de 2010

  • Ordenanza Nº 16. Tasa por la realización de Actividades Administrativas con motivo de la Apertura de Establecimientos.

    BOP nº 44 de 7 de marzo de 2011

  • Ordenanza Reguladora del Procedimiento de Ejercicio de Actividades mediante Declaración Responsable, Comunicación Previa y Licencia de Apertura de Establecimientos.

    BOP nº 44 de 7 de marzo de 2011

  • Ordenanza Municipal para la Limpieza de Espacios Públicos y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos.

    BOP nº 93 de 18 de mayo de 2009

  • Ordenanza Municipal para la Prevención y Control de ruido y vibraciones.

    BOP nº 94 de 19 de Mayo de 2009