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Acceso a Solicitud de Inscripción Registro Municipal de Demandantes de Viviendas

El Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida (RMDVP) es el instrumento básico de acceso a una vivienda protegida, ya sea en compra, alquiler o alquiler con opción a compra, tanto de promoción pública como privada.

¿Quién lo puede solicitar?

Las unidades familiares o de convivencia que cumplan estos requisitos:

  • Tener unos ingresos económicos según lo establecido en los planes de vivienda.
  • No ser ningún miembro de la unidad familiar titular de pleno dominio de otra vivienda o estar en posesión de la misma en virtud de un derecho de usufructo, con las siguientes excepciones:
    • Las que hayan adquirido a título de herencia o legado, una cuota de pleno dominio igual o inferior al 50%.
    • Las que tengan vivienda en propiedad o con derecho real de usufructo y haya sido declarada infravivienda o en ruina física.
    • Personas con necesidad de vivienda adaptada a sus circunstancias familiares por aumento de la composición familiar, discapacidad de movilidad reducida o dependencia sobrevenida. En estos casos, deberán transmitir la vivienda que tienen en propiedad, en el plazo máximo de seis meses desde la formalización de la escritura de compra de la nueva vivienda que se les adjudique.

  • Fecha de solicitud: El registro es permanente desde su apertura el 6 de Mayo de 2010.

Documentación necesaria

Fotocopia del DNI o, en su caso de N.I.E de todos los mayores de 18 años. Sólo en los casos que proceda se aportará copia de:

  • Libro de familia completo.
  • Sentencia de separación o divorcio.
  • Convenio regulador o acreditación de guarda y custodia mediante declaración responsable.
  • Resolución de la situación de dependencia.
  • Auto o sentencia de violencia de género.
  • Certificado de emigrante retornado.

Obligaciones económicas

Tener unos ingresos económicos limitados de conformidad con lo establecido para los distintos programas en los planes autonómicos de vivienda y suelo.

Otros datos de interés

  • A partir de los dos meses de la presentación de la solicitud, la misma comenzará a participar en los sorteos que se celebren de acuerdo a lo demandado.
  • Para ser adjudicatario de una vivienda protegida será necesaria la inscripción en el RMDVP.
  • El procedimiento de selección de los adjudicatarios será a través de sorteo en la forma establecida en la Ordenanza que regula el funcionamiento del RMDVP de Málaga.

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Recoger la solicitud de las Oficinas de Atencion a la Ciudadanía, o en la Oficina de Atencion del IMV, o descargar la solicitud de la página web del IMV.
  • Presentacion de la solicitud y todos los documentos solicitados en las OMAC o en la Oficina de Atencion del IMV
  • El Registro de Demandantes en un plazo aproximado de dos meses comunicará directamente al interesado su inscripcion y su número a efectos de los sorteos.

Procedimiento sin certificado digital:

  • Recoger la solicitud de las Oficinas de Atencion a la Ciudadanía, o en la Oficina de Atencion del IMV, o descargar la solicitud de la página web del IMV.
  • El Registro de Demandantes en un plazo aproximado de dos meses comunicará directamente al interesado su inscripcion y su número a efectos de los sorteos.

Procedimiento con certificado digital:

Lugares de tramitación



  • Oficina de Información de IMV (con cita previa), y todas las OMAC.

Legislación aplicable: