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IAE. Declaraciones (Altas).

Finalidad
Declaración censal de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas por inicio de actividad o dejar de disfrutar exención (IAE).
Quien lo puede presentar
Las personas jurídicas que realicen actividades empresariales o artísticas y no estén exentas del impuesto, tengan o no ánimo de lucro, obtengan o no beneficios y se ejerzan con o sin local de actividad, así como aquellas que viniesen aplicando alguna exención en el impuesto, cuando dejen de cumplir las condiciones exigidas para su aplicación.
Plazos de Presentación
Las altas deben presentarse obligatoriamente antes del transcurso de un mes desde el inicio de la actividad o, en el caso de dejar de disfrutar de exención, en el mes de diciembre inmediato anterior al año en el que el sujeto pasivo resulte obligado a contribuir por el impuesto.
Presentación
En Sede Electrónica
Organo Gestor
GTRIS2480 - GESTIÓN DE TRIBUTOS
Plazo de resolución
Inmediato desde la presentación.
Efecto del silencio Administrativo
No procede
Normativa básica
Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del IAE y Ordenanza Fiscal IAE
Pago de tasas
No
Información Adicional
Otros datos de interés: El art. 14.2. de la Ley 39/2015, recoge los sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. La deuda tributaria correspondiente al primer año del ejercicio de la actividad será prorrateada por trimestres naturales en función de la fecha de inicio de la actividad. Asimismo la Autoliquidación le será facilitada en el momento de presentar la declaración, para su abono en las entidades bancarias colaboradoras designadas al efecto. De conformidad con lo establecido en el artículo 14. 3 del Real Decreto 243/1995 al exigirse el impuesto en régimen de autoliquidación, los actos se entenderán notificados en el momento de la presentación de la correspondiente declaración-liquidación. Responsable de la gestión: Servicio de Gestión Tributaria Departamento de Gestión de Tributos Negociado de Gestión del IAE/BAE Sitio web del O.A. Gestión Tributaria: gestrisam.malaga.eu
Documentos a Presentar
Documentación necesaria
Impreso debidamente cumplimentado y firmado
Copia de escritura de constitución
Copia de la escritura de constitución de la entidad
Documentación adicional
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