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Recepción/gestión de Hoja de Reclamaciones en la OMIC (Oficina Municipal de Información al Consumidor)

Finalidad
La Oficina Municipal de Información al Consumidor del Ayuntamiento de Málaga,sita en Paseo Antonio Machado, 12, Edificio Servicios Múltiples Municipales, torre B,MÁLAGA, recepciona las Hojas de Reclamaciones oficiales que la Junta de Andalucía ha confeccionado al efecto, y que debe tener todo establecimiento que realice transacciones comerciales directas con consumidores, a disposición de los mismos, con el fin de solventar los conflictos que surgan entre consumidor en su condición de particular y empresa reclamada. Si un consumidor tiene un conflicto con cualquier empresa o establecimiento comercial, o profesional, debe personarse en dicha entidad y solicitar la Hoja de Reclamaciones. Una vez cumplimentada dicha Hoja de Reclamaciones, el consumidor debe esperar 10 dias para que le conteste la entidad a la que reclama. Si no le contestan o la contestación es contraria a sus intereses, deberá presentar dicha reclamación en la Oficina de Consumo de su Ayuntamiento o en el Servicio Provincial de Consumo de la Junta de Andalucia. Si la empresa reclamada no posee las Hojas de Reclamaciones, o se niega a proporcionársela al consumidor, éste puede llamar a la Policia Local para que levante Acta haciendo constar dicha irregularidad y el consumidor podrá personarse en la OMIC de su Ayuntamiento para iniciar los trámites de la reclamación. También puede el reclamante obtener la Hoja de Reclamacion oficial de la Junta de Andalucía, a través de la página web de dicha Administración autonómica, llevarla al establecimiento al que desea reclamar y continuar con el procedimiento explicado anteriormente.
Quien lo puede presentar
Consumidor o usuario como destinatario final del bien.
Plazos de Presentación
En cualquier momento, antes de que transcurra 1 año desde la presentación a la reclamación a la empresa
Presentación
En la Sede Electrónica, en las OMAC y en el Registro General del Ayuntamiento
Organo Gestor
CONSUMO/CO
Plazo de resolución
No hay
Efecto del silencio Administrativo
No procede
Recursos
No aplica
Normativa básica
Decreto 82/2022 de 17 de mayo por el que se regulan las hojas de Quejas y Reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Ley 13/2003 de 17 de didicembre de defensa y protección de los consumidores y usuarios de Andalucía.
Información Adicional
Procedimiento de tramitación de las Hojas de Quejas y Reclamaciones que presenten los ciudadanos de Málaga en su condición de consumidores finales contra empresas con las que han mantenido alguna transacción comercial.
Documentación relacionada
Consumo - Reclamaciones (Lectura Fácil

Consumo - Reclamaciones (Lectura Fácil

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a Presentar
Documentación necesaria
Hoja de Reclamaciones oficial de la Junta de Andalucía debidamente cumplimentada por el consumidor en su condición de particular y empresa reclamada.
Hoja de Reclamaciones oficial de la Junta de Andalucía debidamente cumplimentada por el consumidor en su condición de particular y empresa reclamada. Esta hoja debe estar a disposición y haber sido recogida en el establecimiento donde el ciudadano ha realizado transacciones comerciales directas, con el fin de sonventar los conflictos surgidos
Documentación adicional
Documento anexo
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