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Renovación de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente.

Finalidad
Los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente han de proceder a renovar su inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes cada DOS AÑOS. El trámite consiste en una declaración por escrito de carácter personal manifestando la voluntad de permanencia en el padrón.
Quien lo puede presentar
Los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente.
Plazos de Presentación
Antes de la fecha de caducidad de la inscripción padronal (CADA DOS AÑOS).
Organo Gestor
GTRIS2496 - NEGOCIADO DE PADRÓN DE HABITANTES
Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos
Reposición ante el organo que dictó el acto. RCA posterior.
Normativa básica
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio. Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común (Artículo 21.3.b). Resolución de 17 de febrero de 2020 de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las CC.AA. y Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.
Pago de tasas
No
Documentación relacionada
Renovación padronal para extranjeros no comunitarios (impreso autorrellenable).

Renovación padronal para extranjeros no comunitarios (impreso autorrellenable).

Documentos a Presentar
Documentación necesaria
Impreso
Solicitud de renovación
Acreditación de la identidad del solicitante
Documento vigente que acredite la identidad (solo se exhibirá para verificar la identidad)
Autorización
Autorización del solicitante para que el autorizado presente la solicitud
Acreditación de la identidad del autorizado
Documento vigente que acredite la identidad (solo se exhibirá para verificar la identidad)
Documentación adicional
Documento anexo
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