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Recepción/gestión de Hoja de Reclamaciones en la OMIC (Oficina Municipal de Información al Consumidor)

La Oficina Municipal de Información al Consumidor del Ayuntamiento de Málaga,sita en Paseo Antonio Machado, 12, Edificio Servicios Múltiples Municipales, torre B,MÁLAGA, recepciona las Hojas de Reclamaciones oficiales que la Junta de Andalucía ha confeccionado al efecto, y que debe tener todo establecimiento que realice transacciones comerciales directas con consumidores, a disposición de los mismos, con el fin de solventar los conflictos que surgan entre consumidor en su condición de particular y empresa reclamada.
Si un consumidor tiene un conflicto con cualquier empresa o establecimiento comercial, o profesional, debe personarse en dicha entidad y solicitar la Hoja de Reclamaciones.
Una vez cumplimentada dicha Hoja de Reclamaciones, el consumidor debe esperar 10 dias para que le conteste la entidad a la que reclama. Si no le contestan o la contestación es contraria a sus intereses, deberá presentar dicha reclamación en la Oficina de Consumo de su Ayuntamiento o en el Servicio Provincial de Consumo de la Junta de Andalucia.
Si la empresa reclamada no posee las Hojas de Reclamaciones, o se niega a proporcionársela al consumidor, éste puede llamar a la Policia Local para que levante Acta haciendo constar dicha irregularidad y el consumidor podrá personarse en la OMIC de su Ayuntamiento para iniciar los trámites de la reclamación. También puede el reclamante obtener la Hoja de Reclamacion oficial de la Junta de Andalucía, a través de la página web de dicha Administración autonómica, llevarla al establecimiento al que desea reclamar y continuar con el procedimiento explicado anteriormente.

¿Quién lo puede solicitar?

Consumidor o usuario: como destinatario final del bien.

  • Fecha de solicitud:En cualquier momento, siempre que no sea extemporánea.
  • Plazo de validez y recurso:El que marca la legislación vigente en materia de consumo.

Documentación necesaria

1. Hoja de reclamación (Impreso oficial de la Junta de Andalucía)
2. Datos personales y de la empresa contra la que reclama.
3. Documentos en que se funda la reclamación: presupuesto, facturas, contratos y pólizas (2 copias).

Otros datos de interés

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¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Acudir a la O.M.I.C. (Edif. Servicios Múltiples Municipales, Paseo Antonio Machado, 12, Torre B), Servicio Provincial de Consumo de la Junta de Andalucía (C/ Córdoba, 4) o a cualquiera de las Asociaciones de Consumidores en Málaga.
  • Entregar la hoja de reclamación y documentación complementaria que considere oportuna por duplicado.

Procedimiento con certificado digital:

Lugares de tramitación



  • Servicio Provincial de Consumo (C/Córdoba, 4) y Asociaciones de Consumidores (Ver documento anexo).

Legislación aplicable:

  • Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios

    El Parlamento de Andalucia aprobo la Ley de Defensa y Proteccion de los Consumidores y Usuarios de Andalucia donde se recogen, entre otros, algunos de los derechos de los consumidores en las relaciones que surgen en el ambito de las nuevas tecnologias y de los servicios de la sociedad de la informacion.

  • Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias

    Este Real Decreto cumple con la previsión recogida en la disposición final quinta de la Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios, que habilita al Gobierno para que en el plazo de 12 meses proceda a refundir en un único texto la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y las normas de transposición de las directivas comunitarias dictadas en materia de protección de los consumidores y usuarios que inciden en los aspectos regulados en ella, regularizando, aclarando y armonizando los textos legales que tengan que ser refundidos.