Addthis IMFE

IAE. Reducción en la cuota por afectación a la actividad por obras en la vía pública

Reducción en la cuota por afectación a la actividad por obras en la vía pública, para aquellos sujetos pasivos que tributen por actividades clasificadas en la División 6ª de la Sección 1ª de las Tarifas del Impuesto, siempre y cuando estas obras tengan una duración total superior a tres meses, y los locales donde se ejerzan dichas actividades se ubiquen en los tramos de las citadas vías afectados por las obras y las mismas produzcan una limitación y cierre de sus entradas al público así como una disminución de su actividad económica.

¿Quién lo puede solicitar?

Los sujetos pasivos que tributen por actividades clasificadas en la División 6ª de la Sección 1ª de las Tarifas del Impuesto, cuando en la vía pública se realicen obras con una duración total superior a tres meses, siempre que los locales donde se ejerzan dichas actividades se ubiquen en los tramos de las citadas vías afectados por las obras y las mismas produzcan una limitación y cierre de sus entradas al publico así como una disminución de su actividad económica.

  • Fecha de solicitud:Para cada período impositivo, dentro del período impositivo siguiente.

Documentación necesaria

Junto a la solicitud deberán de justificarse los efectos económicos negativos producidos por la referidas obras.

Otros datos de interés

Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
www.gestrisam.malaga.eu

¿Cómo realizar el trámite?

Procedimiento presencial:

  • Entregar la solicitud en las oficinas tramitadoras.
  • Se tramitará internamente la solicitud, dando traslado al interesado sobre la resolución adoptada.

Lugares de tramitación



Legislación aplicable: