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IAE. Exención por inicio de actividad

Exención en el Impuesto sobre Actividades Económicas para los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividad en territorio español, durante los dos primeros períodos impositivos en que se desarrolla dicha actividad.

¿Quién lo puede solicitar?

Es de aplicación automática, y se aplicará a los sujetos pasivos del impuesto que inicien el ejercicio de su actividad en territorio español.

  • Fecha de solicitud:Es de aplicación automática.

Documentación necesaria

No es necesaria la aportación de documentación justificativa.

Otros datos de interés

Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
www.gestrisam.malaga.eu

¿Cómo realizar el trámite?

Procedimiento presencial:

  • Es de aplicación automática.

Lugares de tramitación



Legislación aplicable: