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IAE. Bonificación por inicio de actividad profesional

Bonificación del 50% de la cuota para quienes inicien el ejercicio de cualquier actividad profesional, durante los cinco años de actividad siguientes a la conclusión del segundo período impositivo de desarrollo de dicha actividad.

¿Quién lo puede solicitar?

Es de aplicación automática, y se aplicará a los sujetos pasivos del impuesto que inicien el ejercicio de cualquier actividad profesional.

  • Fecha de solicitud:Es de aplicación automática.

Documentación necesaria

No es necesaria la aportación de documentación justificativa.

Otros datos de interés

Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
www.gestrisam.malaga.eu

¿Cómo realizar el trámite?

Procedimiento presencial:

  • Es de aplicación automática.

Lugares de tramitación



Legislación aplicable: