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Subvención Nominativa y/o Excepcional

Solicitud de Subvenciones Nominativas y Excepcionales del Ayuntamiento de Málaga durante un ejercicio presupuestario

¿Quién lo puede solicitar?

1-Las subvenciones nominativas: aquellas asociaciones y entidades que aparezcan relacionadas en las bases de ejecución del presupuesto municipal en vigor y/o del presupuesto prorrogado en su caso si procede.
2-Las subvenciones excepcionales: aquellas asociaciones y entidades que por razones de interés público, social, económico, humanitario u otras debidamente justificadas tengan que desarrollar un proyecto específico que dificulten su convocatoria pública.

  • Fecha de solicitud:
    Desde la aprobación de los presupuestos y/o a instancias de las Áreas, Delegaciones o Distritos según las directrices emitidas por la Intervención General y Área de Economía y Presupuestos.
    Plazo de Solicitud: En cualquier momento

  • Plazo de resolución: No establecido

Documentación necesaria

Solicitud y proyecto en modelo normalizado (debidamente cumplimentado) se deberá presentar una solicitud distinta por cada proyecto

¿Cómo realizar el trámite?

Procedimiento con certificado digital:

  • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi carpeta

  • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario
  • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
  • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
  • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

Legislación aplicable:

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.