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Solicitud de Expositores

Obtener autorización para la ocupación de la vía pública o de zonas privadas de uso público con expositores delante de la fachada de establecimientos comerciales donde exhibir objetos destinados para la venta, preferiblemente souvenirs y artículos típicos de la ciudad. Podrán solicitar expositores de frutas los titulares de establecimientos minoristas de frutas, debiendo cumplir los siguientes requisitos: 1.Se expondrá el género a una altura no inferior a 80 cm respecto del suelo. 2.Las superficies que contacten con los alimentos serán de materiales de fácil limpieza y desinfección, lisos, lavables, resistentes a la corrosión y no tóxicos. 3.Deberá asegurarse la protección de los alimentos de condiciones adversas de temperatura o humedad, así como de cualquier foco de contaminación que pueda hacerlos no aptos para el consumo humano. 4.En cualquier caso, se deberán respetar las condiciones exigidas en la normativa higiénico-sanitaria vigente. 5.No podrán separarse más de un metro de la fachada. No se autorizarán expositores colgados de las fachadas de los establecimientos.

¿Quién lo puede solicitar?

Los titulares de establecimientos comerciales con licencia municipal de apertura/declaración responsable concedida a su nombre o contrato de arrendamiento con el titular de la misma.

  • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
  • Plazo de resolución:3 meses.
  • Plazo de validez y recurso:La autorización se concederá por un periodo de un año y se renovará anualmente una vez comprobado que el titular se encuentra al corriente del pago de las tasas. Recurso de reposición, reclamación económico-administrativa y recurso contenc.administrativo

Documentación necesaria

Modelo de solicitud debidamente cumplimentado,DNI/CIF del titular, acreditación del representante y DNI del mismo, en su caso, licencia municipal de apertura/declaración responsable, escritura de constitución de la sociedad si el titular es persona jurídica, alta en la tasa de Basura de Actividades Económicas, autorización de la comunidad de propietarios si la ocupación se realizara en zona privada de uso público, memoria explicativa de los elementos a instalar en la que se indique:número de elementos, diseño, medidas, fotografías,superficie a ocupar de la vía pública,si disponen o no de publicidad, plano indicativo de su ubicación, y todos los requisitos establecidos en el Anexo I de la Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública.

Obligaciones económicas

Abonar la tasa establecida en la Ordenanza Fiscal nº 10 vigente.

Silencio Administrativo

  • Efecto: Desestimatorio

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Acudir al Servicio de Mercados Municipales y Vía Pública o en cualquier Oficina Municipal de Atención al Ciudadano(OMAC).
  • Presentar solicitud normalizada debidamente cumplimentada por el titular de la actividad o representante autorizado y acompañado de la documentación requerida.
  • Se revisará la documentación y, si ésta es completa, se emite un informe técnico de viabilidad de la instalación,en caso contrario se le requerirá su subsanacíon mediante notificacion por escrito.
  • Se emite la autorización, en caso de que el informe técnico sea favorable.
  • Se notificará la autorización al interesado y se emitirá la liquidación de la tasa municipal correspondiente.

Procedimiento con certificado digital:

  • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos.
  • Acceda al trámite: Solicitud de Expositores.

Lugares de tramitación

  • Servicio de Vía Pública, Pso. Antonio Machado 12.