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IBI. Consultas y certificaciones a la Base de Datos Nacional del Catastro. Puntos de Información Catastral (PIC)

Información relativa a todos los inmuebles que se encuentran en la base de datos del Catastro (cuyo ámbito de competencia comprende todo el territorio nacional excepto el País Vasco y Navarra), a través de los Puntos de Información Catastral (PIC).

¿Quién lo puede solicitar?

Consulta y certificación de datos catastrales no protegidos:
Cualquier ciudadano.
Es libre la consulta a los datos no protegidos sobre los bienes inmuebles incorporados a la Base de Datos Nacional del Catastro. También lo es la solicitud de certificación electrónica sobre los mismos, sin que sea exigible formalidad alguna para recibir dicha certificación.

Consulta y certificación electrónica de los datos catastrales protegidos:
Sólo los titulares catastrales o sus representantes, que tendrán acceso a los datos protegidos de los bienes inmuebles de su titularidad que figuren en la Base de Datos Nacional del Catastro.

  • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
  • Plazo de resolución:Inmediato.
  • Plazo de validez y recurso:La normativa reguladora no contempla recursos específicos en relación con la prestación de este servicio.

Documentación necesaria

Consulta y certificación de datos catastrales no protegidos:

  • Aquélla que facilite la búsqueda de la información interesada, (referencia catastral y localización catastral exacta del inmueble), tanto para consultas en la ventanilla de los Puntos de Información Catastral (PIC), como para consultas en línea a través de la Sede Electrónica del Catastro (SEC).

Consulta y certificación electrónica de los datos catastrales protegidos:
  • Aquélla que facilite la búsqueda de la información interesada, (referencia catastral y localización catastral exacta del inmueble).
  • Identificación del titular catastral mediante el documento de identidad correspondiente.
  • En su caso, identificación del representante, documento de representación y copia de documento identificativo del interesado.
  • Cumplimentar la autorización de acceso a la información catastral de carácter protegido, que se obtiene directamente en la ventanilla del PIC.


Otros datos de interés:
Datos catastrales protegidos:
  • Identidad del titular catastral.
  • DNI/CIF del titular catastral.
  • Domicilio del titular catastral.
  • Valor catastral de los inmuebles incorporados al censo catastral.

Servicios que ofrece el Punto de Información Catastral:
  • Consulta libre y certificación electrónica de datos catastrales no protegidos y de cartografía digital.
  • Consulta y certificación electrónica para los titulares catastrales de los datos protegidos, relativo a los bienes inmuebles de su titularidad.
  • Certificación negativa de bienes inmuebles o de la circunstancia de no figurar como titular catastral, relativa al propio solicitante.
  • Cualesquiera otros servicios de consulta y certificación que se implanten en el futuro, en los términos de la Resolución que se dicte al efecto.

Otros datos importantes:
  • Los documentos generados por el Punto de Información Catastral contendrán la fecha de su expedición y un código electrónico que permita la comprobación de su integridad y autenticidad y gozarán de plena validez y eficacia.
  • Excepcionalmente, podrá denegarse el acceso al servicio cuando por el volumen de los datos solicitados u otras causas operativas pueda verse perjudicada la eficacia del servicio o la atención de los demás usuarios.
  • En la página web del Catastro http://www.catastro.meh.es dentro de "Puntos de Información Catastral" están indicados todos los puntos de información y tramitación catastral.


Otros datos de interés

Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
www.gestrisam.malaga.eu

¿Cómo realizar el trámite?

Procedimiento presencial:

  • Acudir a un Punto de Información Catastral (PIC) con la información y/o documentación requerida.
    En la página web del Catastro http://www.catastro.meh.es, dentro de 'Puntos de Información Catastral' están indicados todos los puntos de información y tramitación catastral.
  • Se le entregará la información/certificación requerida.

Lugares de tramitación



Legislación aplicable:

  • Real Decreto 417/2006, de 7 de abril.

    acceso a la página de legislación

  • Resolución de 29 de marzo de 2005

    Resolución de 29 de marzo de 2005, de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueba el régimen de establecimiento y funcionamiento de los puntos de información catastral.