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Denuncias sobre aperturas de establecimientos

Denuncia de hechos que podrían ser constitutivos de infracción en materia de apertura de establecimientos relacionadas con el Servicio de Aperturas.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier persona física o jurídica.

  • Fecha de solicitud: En cualquier momento del año
  • Plazo de resolución:La presentación de la denuncia no vincula al órgano competente para iniciar de oficio el procedimiento sancionador.
  • Plazo de validez y recurso:En caso de iniciarse, el plazo de resolución será de tres meses, contados desde la resolución que acordó la incoación de expediente sancionador, sin perjuicio de las ampliaciones de plazo que pudieran establecerse durante la tramitación del mismo.

Documentación necesaria

Instancia según modelo normalizado.

Silencio Administrativo

  • Efecto: Desestimatorio
  • Órgano de instrucción: Servicio de Aperturas

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Acudir a las Oficinas del Servicio de Aperturas o a cualquier Oficina Municipal de Atención al Ciudadano (OMAC).
  • Presentar el impreso de Denuncia sobre Apertura de Establecimiento, según modelo normalizado (por duplicado) debidamente cumplimentado, acompañado de la documentación necesaria.
  • Obtener copia registrada de su presentación.
  • En caso de que la documentación presentada este incompleta se le requerirá su subsanación mediante notificación por escrito.
  • Esperar la respuesta de la Administración, en caso de acreditarse como interesado.

Procedimiento con certificado digital:

  • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana.
  • Acceda al trámite en la sede electrónica: Denuncias sobre aperturas de establecimientos.
  • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
  • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
  • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
  • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta, en caso de acreditarse como interesado.

Lugares de tramitación



  • Por Ley 39/2015
    En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. Ley 39/2015
    En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca
    En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
    En las oficinas de asistencia en materia de registros
    En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

Legislación aplicable:

  • Decreto 155/2018, de 31 de julio

    Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre.

  • Código Técnico de la Edificación

    DB-SUA y DB-SI

  • Ley 13/1999, de 15 de diciembre

    Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas:

  • Ley 12/2012, de 26 de diciembre

    Medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios. (BOE nº 311 de 27 de diciembre de 2012).

  • Ordenanza Municipal de Accesibilidad

    Ordenanza Municipal Reguladora de Accesibilidad del Municipio de Málaga. (BOP nº 35 de 20 de febrero de 2004).

  • Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios.

    Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios de Málaga (BOP nº 40 de 2 de marzo de 2010).

  • Ordenanza Municipal de Aperturas (ORPEA)

    Ordenanza Reguladora del Procedimiento de Ejercicio de Actividades mediante Declaración Responsable, Comunicación Previa y Licencia de Apertura de Establecimientos. (BOP nº 44 de 7 de marzo de 2011).

  • Ley 39/2015, de 1 de Octubre

    Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo

    Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.

  • Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre

    Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.

  • Decreto 293/2009, de 7 de julio

    Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía

  • Ley 40/2015, de 1 de octubre

    Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.