Subvención Nominativa y/o Excepcional
Solicitud de Subvenciones Nominativas y Excepcionales del Ayuntamiento de Málaga durante un ejercicio presupuestario
¿Quién lo puede solicitar?
1-Las subvenciones nominativas: aquellas asociaciones y entidades que aparezcan relacionadas en las bases de ejecución del presupuesto municipal en vigor y/o del presupuesto prorrogado en su caso si procede.
2-Las subvenciones excepcionales: aquellas asociaciones y entidades que por razones de interés público, social, económico, humanitario u otras debidamente justificadas tengan que desarrollar un proyecto específico que dificulten su convocatoria pública.
- Fecha de solicitud:
Desde la aprobación de los presupuestos y/o a instancias de las Áreas, Delegaciones o Distritos según las directrices emitidas por la Intervención General y Área de Economía y Presupuestos.
Plazo de Solicitud: En cualquier momento - Plazo de resolución: No establecido
Documentación necesaria
Solicitud y proyecto en modelo normalizado (debidamente cumplimentado) se deberá presentar una solicitud distinta por cada proyecto
¿Cómo realizar el trámite?
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de
Mi carpeta
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario
- Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.
Documentación
Legislación aplicable:
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.