Reclamación Económico-Administrativa
Reclamaciones que se interponen contra los actos dictados en materia de gestión, liquidación, recaudación e inspección de tributos e ingresos de derecho público (recibos, liquidaciones, actuaciones inspectoras de los tributos y demás expedientes relacionados con los tributos municipales....) que son competencia del Ayuntamiento de Málaga o entidades de derecho público dependientes o vinculadas a él.
Para poder acudir a los tribunales (jurisdicción contencioso-administrativo), será necesario interponer previamente la reclamación económica-administrativa.
¿Quién lo puede solicitar?
Cualquier persona sobre la que se haya dictado algún acto en materia de gestión, liquidación, recaudación e inspección de tributos e ingresos de derecho público competencias del Ayuntamiento de Málaga, o entidades de derecho público dependientes o vinculadas a él, y no esté de acuerdo con dicho acto.
- Fecha de solicitud:Un mes desde que se le notifica el acto que quiera recurrir.
- Plazo de resolución:6 meses para procedimientos abreviados (reclamaciones cuantía inferior a 1500 Euros) y 12 meses para el resto.
- Plazo de validez y recurso:Recurso ante la justicia contencioso-administrativa.
Documentación necesaria
Obligaciones económicas
Ninguna.
Silencio Administrativo
- Efecto: Desestimatorio
- Órgano de resolución: Jurado Tributario
¿Cómo realizar el trámite?
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Cumplimentar el formulario de solicitud.
- Personarse en alguna de las oficinas de tramitación y entregar la solicitud y la documentación que considere oportuna.
- Se estudiará la reclamación y se notificará su resolución por el medio solicitado por el interesado en el escrito de reclamación.
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos.
- Acceda al trámite: Reclamación Económico-Administrativa.
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
- Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.
Lugares de tramitación
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Junta Municipal de Distrito 1 Centro - OMAC
CALLE LA MERCED,
1
(DISTRITO CENTRO)
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Junta Municipal de Distrito 2 Este
CALLE MARTÍNEZ FALERO,
34
(DISTRITO ESTE)
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Junta Municipal de Distrito 3 Ciudad Jardín - OMAC
CALLE ALCALDE NICOLÁS MAROTO,
18
(DISTRITO CIUDAD JARDIN )
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Junta Municipal de Distrito 5 Palma-Palmilla - OMAC
CALLE DOCTOR GÁLVEZ MOLL,
11
(DISTRITO PALMA-PALMILLA)
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Junta Municipal de Distrito 6 Cruz Del Humilladero - OMAC
CALLE CONDE DE GUADALHORCE,
15
(DISTRITO CRUZ DE HUMILLADERO)
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Junta Municipal de Distrito 7 Carretera de Cádiz - OMAC
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
15
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
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Junta Municipal de Distrito 8 Churriana - OMAC
PLAZA DE LA INMACULADA,
11
(DISTRITO CHURRIANA)
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Junta Municipal de Distrito 9 Campanillas - OMAC
CALLE RAMÍREZ ARCAS,
2
(DISTRITO CAMPANILLAS)
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Junta Municipal de Distrito 10 Puerto de la Torre - OMAC
CALLE VÍCTOR HUGO,
1
(DISTRITO PUERTO DE LA TORRE)
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Junta Municipal de Distrito 4 Bailén-Miraflores - OMAC
CALLE MARTÍNEZ MALDONADO,
58
(DISTRITO BAILEN-MIRAFLORES)
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Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 7 - Carretera de Cádiz - 2)
CALLE DONOSO CORTÉS,
8
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
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Junta Municipal de Distrito 11 Teatinos-Universidad - OMAC
CALLE DIEGO LÓPEZ DE ZÚÑIGA,
12
(DISTRITO TEATINOS-UNIVERSIDAD)
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Ayuntamiento de Málaga (Casa Consistorial)
AVENIDA DE CERVANTES,
4
(DISTRITO CENTRO)
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Edificio Tabacalera - Módulo 1. O.A. Gestión Tributaria
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
17
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
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Alternativamente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga, así como en oficinas de Correos, representaciones diplomáticas/consulares de España en el extranjero, oficinas de asistencia en materia de registros, o en cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Puede consultarlo en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP.
