Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Málaga a Federaciones sin ánimo de lucro, año 2025-2026.
Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dentro de los límites establecidos en el presupuesto municipal, a las federaciones sin ánimo de lucro, destinadas a financiar los proyectos de atención y cobertura informativa, formativa y jurídica permanente a sus entidades agrupadas, incluyendo resolución de consultas y apoyo técnico a la ejecución de proyectos financiados por el Ayuntamiento de Málaga. Mediante esta convocatoria se pretende: - Favorecer el acceso de las asociaciones a servicios de asesoramiento técnico y jurídico. - Impulsar la profesionalización y la buena gestión interna de las entidades inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades (RMAE) del Ayuntamiento de Málaga. - Promover la transparencia, el cumplimiento normativo y la mejora de la calidad de los proyectos financiados con cargo al presupuesto municipal. - Contribuir a la consolidación de un movimiento asociativo más fuerte, coordinado y sostenible en el tiempo en nuestra ciudad, promoviendo la participación ciudadana. Fuera de plazo
¿Quién lo puede solicitar?
Entidades con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades, bajo la forma o denominación de Federaciones, Agrupaciones de asociaciones y Plataformas, que tengan un grado importante de representatividad, entendiendo como tal el número de entidades agrupadas en la misma, que deberá ser igual o superior a 30 asociaciones o entidades.
- Fecha de solicitud:El plazo para la presentación de solicitudes será desde del 4 al 23 de febrero de 2026, ambos inclusive.
- Plazo de resolución:El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses desde la publicación de esta convocatoria en el boletín correspondiente. La resolución pondrá fin a la vía administrativa.
- Plazo de validez y recurso:Recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción competente pudiendo, no obstante, interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición en vía administrativa.
Documentación necesaria
Las entidades que quieran solicitar esta subvención deberán: - Cumplimentar el formulario de solicitud disponible en el trámite de subvenciones de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Málaga. - Adjuntar el modelo de proyecto normalizado contemplado en la misma. No se valorará la información contenida en anexos adicionales al modelo normalizado.
Silencio Administrativo
- Efecto: Desestimatorio
- Órgano de instrucción: La competencia para la instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones recaerá sobre la Dirección General del Área de Participación Ciudadana, Migración, Acción Exterior, Cooperación al Desarrollo, Transparencia y Buen Gobierno.
- Órgano de resolución: La competencia para la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones corresponde a la Concejala Delegada de Participación Ciudadana, Migración, Acción Exterior, Cooperación al Desarrollo, Transparencia y Buen Gobierno.
¿Cómo realizar el trámite?
Procedimiento con certificado digital:
- El formulario de solicitud junto con el modelo de proyecto se tramitará exclusivamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga, en la dirección https://sede.malaga.eu; o desde el enlace disponible para ello en el portal institucional http://www.malaga.eu.
- Acceder al trámite en línea
- Se solicitará la elección del certificado digital del usuario.
- Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en línea.
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.
Documentación
Legislación aplicable:
Ordenanza General de Subvenciones.
Aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno y publicada en el BOP nº 213, de 8 de noviembre de 2022.
Bases de la Convocatoria que rigen la subvención.
Aprobadas por la Junta de Gobierno Local.
Presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Málaga.
Del año en curso.
Plan Estratégico de Subvenciones.
Del año en curso.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Ley General de Subvenciones.
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Reglamento General de Subvenciones.
