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Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Málaga a Federaciones sin ánimo de lucro, año 2025-2026.

Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dentro de los límites establecidos en el presupuesto municipal, a las federaciones sin ánimo de lucro, destinadas a financiar los proyectos de atención y cobertura informativa, formativa y jurídica permanente a sus entidades agrupadas, incluyendo resolución de consultas y apoyo técnico a la ejecución de proyectos financiados por el Ayuntamiento de Málaga. Mediante esta convocatoria se pretende: - Favorecer el acceso de las asociaciones a servicios de asesoramiento técnico y jurídico. - Impulsar la profesionalización y la buena gestión interna de las entidades inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades (RMAE) del Ayuntamiento de Málaga. - Promover la transparencia, el cumplimiento normativo y la mejora de la calidad de los proyectos financiados con cargo al presupuesto municipal. - Contribuir a la consolidación de un movimiento asociativo más fuerte, coordinado y sostenible en el tiempo en nuestra ciudad, promoviendo la participación ciudadana. Fuera de plazo

¿Quién lo puede solicitar?

Entidades con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades, bajo la forma o denominación de Federaciones, Agrupaciones de asociaciones y Plataformas, que tengan un grado importante de representatividad, entendiendo como tal el número de entidades agrupadas en la misma, que deberá ser igual o superior a 30 asociaciones o entidades.

  • Fecha de solicitud:El plazo para la presentación de solicitudes será desde del 4 al 23 de febrero de 2026, ambos inclusive.

  • Plazo de resolución:El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses desde la publicación de esta convocatoria en el boletín correspondiente. La resolución pondrá fin a la vía administrativa.
  • Plazo de validez y recurso:Recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción competente pudiendo, no obstante, interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición en vía administrativa.

Documentación necesaria

Las entidades que quieran solicitar esta subvención deberán: - Cumplimentar el formulario de solicitud disponible en el trámite de subvenciones de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Málaga. - Adjuntar el modelo de proyecto normalizado contemplado en la misma. No se valorará la información contenida en anexos adicionales al modelo normalizado.

Silencio Administrativo

  • Efecto: Desestimatorio
  • Órgano de instrucción: La competencia para la instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones recaerá sobre la Dirección General del Área de Participación Ciudadana, Migración, Acción Exterior, Cooperación al Desarrollo, Transparencia y Buen Gobierno.
  • Órgano de resolución: La competencia para la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones corresponde a la Concejala Delegada de Participación Ciudadana, Migración, Acción Exterior, Cooperación al Desarrollo, Transparencia y Buen Gobierno.

¿Cómo realizar el trámite?

Procedimiento con certificado digital:

  • El formulario de solicitud junto con el modelo de proyecto se tramitará exclusivamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga, en la dirección https://sede.malaga.eu; o desde el enlace disponible para ello en el portal institucional http://www.malaga.eu.
  • Acceder al trámite en línea
  • Se solicitará la elección del certificado digital del usuario.
  • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en línea.
  • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
  • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

Legislación aplicable:

  • Ordenanza General de Subvenciones.

    Aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno y publicada en el BOP nº 213, de 8 de noviembre de 2022.

  • Bases de la Convocatoria que rigen la subvención.

    Aprobadas por la Junta de Gobierno Local.

  • Presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Málaga.

    Del año en curso.

  • Plan Estratégico de Subvenciones.

    Del año en curso.

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

    Ley General de Subvenciones.

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre.

    Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

    Reglamento General de Subvenciones.