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Comunicación actos no sujetos a medios de intervención para su constancia frente a terceros

Las actuaciones urbanísticas detalladas en el artículo 19 de la OMLU no están sujetas a control municipal, mediante licencia urbanística o declaración responsable. En estos casos, no es necesario presentar ningún documento ante la GMU para realizar dicha actuación.
No obstante, si lo desea, puede presentar, de forma voluntaria y gratuita, esta COMUNICACIÓN para dejar constancia administrativa de la actuación, especialmente cuando sea necesario una acreditación documental frente a terceros (comunidad de propietarios, notarías, registros o ante administraciones).
Esta comunicación se puede utilizar, exclusivamente, para los supuestos enumerados en el artículo 19 apartados 17 a 25 de la OMLU y con las características y condiciones detalladas en el mismo.
La comunicación no supone una autorización municipal, no legitima actuaciones contrarias a la normativa o planeamiento urbanístico y no obliga ni impide las actuaciones de comprobación, control o inspección por parte de la GMU.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier personas física o jurídicas, públicas o privadas, que necesite demostrar documentalmente frente a terceros que la actuación que pretende realizar o que ha realizado no está sujeta a control municipal (licencia o declaración responsable). Todos los interesados podrán actuar por medio de representante, según lo establecido en el artículo 5 de la Ley 39/2015.

  • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
  • Plazo de resolución:La presentación de la comunicación, habilita el inicio de las actuaciones señaladas en el formulario, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación, inspección y control

Documentación necesaria

- Formulario en modelo normalizado, debidamente cumplimentado y firmado.
- Si actúa a través de representante, debe acreditar legalmente dicha representación.

Obligaciones económicas

No procede

Silencio Administrativo

  • Órgano de instrucción: Gerente Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructuras
  • Órgano de resolución: Gerente Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructuras

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • SOLO PARA PERSONAS FÍSICAS:
    - Acudir a la propia sede de la GMU: Puede asistir directamente al mostrador de entrada para recoger un número de atención en el mismo día, o bien, sí desea ser atendido un día y hora determinado, puede solicitar Cita Previa
    IMPRESCINDIBLE DNI y (en su caso) ACREDITACIÓN DE REPRESENTACIÓN

  • -Alternativamente, puede acudir a cualquiera de los Registros señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Procedimiento con certificado digital:

  • Las personas jurídicas, profesionales colegiados y sujetos obligados por el art. 14.2 de la Ley 39/2015, están obligados a utilizar el procedimiento electrónico.

  • PARA PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS
    A través del Registro electrónico del Ayuntamiento de Málaga adjuntando impreso (ver impresos)

  • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos
  • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario
  • Cumplimentar y firmar la solicitud online, adjuntando la documentación requerida
  • En caso de que se le requiera la subsanación de la documentación aportada, deberá aportarla a través de Mi Carpeta)
  • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta)

Lugares de tramitación



Legislación aplicable:

  • Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía

    Puede consultar el Decreto aquí

  • Plan General de Ordenación Urbana 2011

    Puede consultar el Plan General aquí

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local

    Puede consultar la Ley aquí

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

    Puede consultar la Ley aquí

  • Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público

    Puede consultar la Ley aquí

  • Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía

    Puede consultar la Ley aquí

  • Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas, Declaraciones Responsables y demás medios de intervención en el uso del suelo y la edificación

    Puede consultar la Ley aquí

  • Texto Refundido de los Estatutos de la Agencia Pública Administrativa Local, Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructuras

    Puede consultar los estatutos aquí