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Información sobre la existencia de infraestructuras de tráfico

Información sobre las infraestructuras de canalizaciones de titularidad del Área de Movilidad, en relación con las instalaciones semafóricas, cámaras de vigilancia de tráfico, comunicaciones, etc.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier interesado, ya sea Persona física o jurídica, con capacidad de obrar (artículo 3 y 5 ley 39/2015, de 1 de octubre).

  • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
  • Plazo de resolución:3 meses.
  • Plazo de validez y recurso:Recurso potestativo reposición.
    Recurso contencioso-administrativo

Documentación necesaria

La indicada en la solicitud.

Silencio Administrativo

  • Efecto: Desestimatorio

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Acudir al Área de Movilidad.
  • Entregar la solicitud cumplimentada y la documentación complementaria.
  • Se analizará documentación y se emitirá un informe técnico favorable o desfavorable.
  • En casos de informe favorable se instalan las señales de tráfico.

Procedimiento con certificado digital:

  • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos
  • Acceda al trámite: Información sobre la existencia de infraestructuras de tráfico
  • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
  • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
  • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
  • Esperar la respuesta de la Administración en la Carpeta Ciudadana.

Lugares de tramitación



  • Una vez cumplimentado, entréguelo firmado en las dependencias del Área de Movilidad, ubicadas en Calle Concejal Muñoz Cerván, 3 o en cualquiera de las OMACS. Sin perjuicio de lo dispuesto en el 16.4 de la Ley 39/2015de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
    Todo ello sin perjuicio de la presentación en los registros de los lugares establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Legislación aplicable:

  • Ordenanza de Movilidad de la ciudad de Málaga

    Publicada en el B.O.P. de 19 de enero de 2021