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Subvenciones mediante régimen de concurrencia competitiva para entidades que realicen proyectos que impliquen a los ciudadanos en los cuidados de las Zonas Verdes

El objeto es el apoyo económico al desarrollo de actividades y proyectos que tengan como objetivo la implicación y concienciación de los ciudadanos en el mantenimiento y conservación de las zonas verdes públicas encomendadas a las Entidades Urbanísticas Colaboradoras de Conservación legalmente constituidas; así como, en idénticas condiciones, aquellas zonas verdes titularidad de Comunidades de Propietarios legalmente constituidas, siempre que se garantice su libre acceso para todos los ciudadanos. Fuera de plazo

¿Quién lo puede solicitar?

Entidades Urbanísticas de Conservación y Asociaciones Vecinales en representación de alguna Comunidad de Propietarios incluída en su ámbito de actuación

  • Fecha de solicitud:Del 5 de septiembre (a las 00:00 horas) al 3 de octubre de 2024 (a las 24:00 horas), ambos inclusive.
  • Plazo de resolución:Seis meses a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Documentación necesaria

- Plano de situación de la zona objeto de conservación y mantenimiento.

- Tres presupuestos de empresas especializadas, el seleccionado más los otros dos solicitados, si el gasto subvencionable supera la cuantía de 14.999,00 euros + IVA para contratos de suministros o servicios; o de 39.999,00 euros + IVA para contratos de obras, en caso contrario solo uno.

Obligaciones económicas

El beneficiario debe asumir al menos el 10 % del coste total del proyecto.

Silencio Administrativo

  • Efecto: Desestimatorio
  • Órgano de instrucción: Director General de Medio Ambiente y Sostenibilidad
  • Órgano de resolución: Teniente de Alcalde Delegado del Área Específica de Derechos Sociales, Igualdad, Accesibilidad, Políticas Inclusivas y Vivienda

¿Cómo realizar el trámite?

Procedimiento con certificado digital:

Legislación aplicable:

  • Ordenanza Reguladora

    La presente convocatoria se dicta al amparo de la Ordenanza Reguladora de la Concesión de Subvenciones en Régimen de Concurrencia Competitiva a entidades sin ánimo de lucro que resulta de aplicación directa en todo lo no previsto en ésta. En todos aquellos aspectos no previstos se aplicará supletoriamente la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones, modificada por la Ley 15/2014 de 16 de septiembre; el R. D. 887/2006, de 21 de julio, la legislación en materia de régimen local que resulte de aplicación, las bases de ejecución del presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Málaga para cada ejercicio; el Plan estratégico de subvenciones; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.