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Autorización de actuación en zonas verdes y árboles privados o municipales no incluidos en mantenimiento

Mediante este procedimiento podemos realizar dos tipos de solicitudes:
* Solicitud de autorización para la tala/poda de árboles o supresión de zonas verdes situados en parcelas privadas o públicas no municipales, o que siendo municipales no estén incluidas en el servicio de mantenimiento, así como realización de tratamientos fitosanitarios en las mencionadas zonas.
* Solicitud de autorización para la realización de tratamientos fitosanitarios en árboles ubicados en parcelas no municipales conforme al R.D. 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.

¿Quién lo puede solicitar?

El propietario de la parcela o su representante, en este último caso, acreditando debidamente dicha circunstancia.

  • Fecha de solicitud:En cualquier momento del año
  • Plazo de resolución:3 meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
  • Plazo de validez y recurso:Silencio administrativo negativo: En caso de que transcurra el plazo establecido para resolver sin pronunciamiento expreso del órgano competente, concurriendo todos los requisitos normativos aplicables al supuesto de hecho, el interesado podrá entender desestimada su solicicitud.

Documentación necesaria

Modelos normalizados de autorización

Silencio Administrativo

  • Efecto: Desestimatorio

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Sólo para persona física. Presentación de la solicitud utilizando el impreso normalizado por el Servicio de Parques y Jardines, rellenando todos y cada uno de los apartados de cumplimentación obligatoria.

Procedimiento con certificado digital:

Lugares de tramitación



Legislación aplicable:

  • Ordenanza de Promoción y Conservación de Zonas Verdes.

    Artículos 5.3 y 15.

  • Ley 43/2002, de 20 de noviembre.

    De Sanidad Vegetal.

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre.

    Del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre.

    Por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitario.