MÁLAGA CIUDAD IGUALITARIA Concurso de Iniciativas por la Igualdad "Carmen Olmedo"
La finalidad de esta convocatoria es doble: reconocer la figura de CARMEN OLMEDO CHECA y fomentar las iniciativas en favor de la igualdad de oportunidades en la ciudadanía malagueña.
Los premios "Carmen Olmedo" se convocan en dos líneas y se concederá un único premio en cada línea:
LÍNEA 1: Destinada a premiar iniciativas educativas dirigidas a la población infantil y juvenil de Málaga, que faciliten el conocimiento de figuras feministas o experiencias didácticas al objeto de impulsar la igualdad de género entre mujeres y hombres.
LÍNEA 2: Destinada a premiar y seleccionar una campaña publicitaria para la erradicación de la violencia machista.
Los premios estarán sujetos a los impuestos y retenciones establecidos por las normas tributarias. Se concederá un único premio por cada categoría, cuya financiación se hará con cargo a la partida 27.2314.48100 PAM 2303 del presupuesto para el ejercicio 2025, por importe de 1.000 euros en cada línea, condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la convocatoria.
¿Quién lo puede solicitar?
Podrán participar en el concurso, en ambas líneas, las personas físicas y jurídicas, con o sin ánimo de lucro, que tengan su domicilio en Málaga o que tengan sede en esta ciudad.
En colaboración con la UMA estará especialmente destinado a alumnado Universitario y Post-Universitario
Cada persona y/o entidad puede participar en ambas líneas, no obstante, solo se permitirá la participación con una iniciativa u obra por cada línea.
Es posible la presentación de una candidatura elaborada por más de una
persona, figurando en la SOLICITUD solamente el nombre de una de ellas que será considerada titular de la misma. El resto de Coautores/as, hasta un máximo de 3, indicarán sus datos en el ANEXO DE SOLICITUD, presentado, cada uno de ellos/as este Anexo debidamente cumplimentado.
La misma persona o entidad NO puede ser premiada en ambas líneas; en el caso de que esta situación se produjese el jurado decidirá libremente en que línea es premiada sin que su decisión pueda ser apelable.
- Fecha de solicitud:60 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Desde el 8 de octubre al 9 de diciembre de 2024, ambos inclusive. - Plazo de resolución:El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses desde la publicación de esta convocatoria según la legislación vigente.
- Plazo de validez y recurso:La resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer las acciones que procedan ante la jurisdicción competente, pudiendo no obstante, interponer con carácter previo y potestativo, recurso de reposición.
Documentación necesaria
* Solicitud y declaración responsable, debidamente cumplimentada
* Anexo de Solicitud, de cada una de la otras personas que forman cotitularidad con la persona solicitante (en caso de candidaturas presentadas por mas de un/a autor/a).
* Documento que contenga el desarrollo de la obra o iniciativa presentada a concurso.
* Memoria explicativa que debe cumplir los requisitos especificados en el Anexo I sobre contenido y extensión.Obligaciones económicas
La persona o entidad solicitante deberá estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
Silencio Administrativo
- Órgano de instrucción: La competencia para la instrucción del procedimiento de concesión de estos premios recaerá sobre la Dirección General del Área de Derechos Sociales, Diversidad, Igualdad y Accesibilidad.
- Órgano de resolución: Corresponde la resolución del procedimiento de concesión de los premios en el Concejal Delegado de Derechos Sociales, Área de Derechos Sociales, Diversidad, Igualdad y Accesibilidad.
Otros datos de interés
En todo lo no previsto en las presentes bases será de aplicación, con carácter supletorio, la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones y el Reglamento que la desarrolla, la legislación en materia de Régimen Local que resulte de aplicación, las bases de ejecución del presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como cuantas normas de carácter general o procedimental resulten de aplicación.
¿Cómo realizar el trámite?
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Cumplimentar el formulario de solicitud y la documentación adicional: Obra a concurso y Memoria explicativa que cumpla los requisitos de contenido y extensión que indican las Bases en su Anexo I
- Personarse en alguna de las oficinas de tramitación, preferentemente en el Área de Derechos Sociales, y entregar la solicitud y la documentación adicional para su registro
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración
- Convocar la reunión del jurado conformado para valorar las candidaturas presentadas
- Levantar acta con el fallo del jurado en las dos líneas que propone el concurso
- Elevar resolución de la convocatoria en base al dictamen del jurado
- Notificar la Resolución a la persona y/o entidad premiada. La Notificación se hará por el mismo medio en que se haya presentado la solicitud.
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta (ver requisitos)
- Acceda al trámite: Concurso de Iniciativas por la Igualdad 'Carmen Olmedo'
- Se solicitará la eleccción del certificado digital de usuario
- Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta
Lugares de tramitación
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AREA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
CALLE CONCEJAL MUÑOZ CERVÁN,
3
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
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Solamente podrán presentar la solicitud de manera presencial, las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse con la Administración pública de forma telemática.
Deberán presentar la solicitud, el Anexo de solicitud (si es pertinente), la Obra a concurso y la memoria explicativa de la misma, guardando el requisito de anonimato que indican las bases, en este Área.
Documentación
Legislación aplicable:
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Es la ley que regula la concesión de subvenciones.
Los premios están considerados subvenciones dinerarias, si se entrega premio monetario y subvención en especies, si el premio no es monetarios. Puede consultar la Ley aquíLey 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Tiene por objeto regular los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas, incluyendo el sancionador y el de reclamación de responsabilidad a las administraciones Públicas. En general regula las relaciones entre las Administraciones y los administrados. Puede consultar la Ley aquí