Addthis IMFE

Solicitud Comisión Especial Sugerencias y Reclamaciones


1.La Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Málaga es un órgano colegiado que se crea para la defensa de los derechos de la vecindad ante la Administración Municipal, al amparo de lo prevenido en la legislación básica de régimen local.
2.El Ayuntamiento de Málaga crea la citada Comisión con los siguientes objetivos, que actuarán como principios inspiradores de su actuación:

a)Recibir y canalizar las sugerencias y las reclamaciones vecinales.
b)Estudiar las iniciativas y alternativas propuestas por los ciudadanos/as.
c)Detectar las posibles deficiencias que presente la Administración Municipal y formular propuestas para su adecuada corrección en el ámbito de la defensa de los derechos de los/las vecinos/as.
Satisfacer las necesidades de los/las ciudadanos/as malagueños.

¿Quién lo puede solicitar?


1.Podrá dirigirse a la Comisión, formulando reclamaciones, toda persona natural o jurídica, con capacidad de obrar conforme a Derecho, que invoque un interés legítimo.
2.Asimismo, podrá dirigirse a la Comisión, formulando sugerencias, toda persona natural o jurídica, con capacidad de obrar conforme a Derecho.
3.Las personas naturales y jurídicas anteriormente mencionadas podrán presentar sus sugerencias y reclamaciones en cualquiera de las oficinas de atención integral al ciudadano, así como en cualquiera de los Registros abiertos al público del Ayuntamiento de Málaga, en donde se les facilitará el impreso correspondiente.

  • Fecha de solicitud:
    Deben ser presentadas en el plazo máximo de un año contado a partir desde el momento en que se tuviese conocimiento de los hechos objeto de la misma. Podrán acompañarse cuantos documentos y medios de prueba se estimen pertinentes.
  • Plazo de resolución:
    3 meses
  • Plazo de validez y recurso:
    Según normativa

Documentación necesaria


Modelo de instancia y documentación que fundamente la reclamación

Obligaciones económicas


No existen

Silencio Administrativo

  • Efecto: Desestimatorio

Otros datos de interés


Más Información: 951 92 60 22

¿Cómo realizar el trámite?

Procedimiento presencial:

  • Entregar, preferentemente, en el registro de documentos del Área de Participación Ciudadana, Inmigración y Cooperación al Desarrollo (C/ Concejal Muñoz Cerván nº 3, módulo 3, 1ª planta), en el Registro General del Ayuntamiento de Málaga o en las OMACS existentes en cada uno de los Distritos, o bien, utilizando cualquiera de los medios establecidos en el Art. 31 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Requerimiento de documentación si es necesario en un plazo de 10 días y si la solicitud, no reúne los requisitos exigidos en la normativa de aplicación
  • La resolución del procedimiento se notificará directamente a los interesados a los efectos previstos en la normativa de aplicación, en el plazo máximo de tres meses.

Lugares de tramitación




  • Entregar, preferentemente, en el registro de documentos del Área de Participación Ciudadana, Inmigración y Cooperación al Desarrollo (C/ Concejal Muñoz Cerván nº 3, módulo 3, 1ª planta), en el Registro General del Ayuntamiento de Málaga o en las OMACS existentes en cada uno de los Distritos, o bien, utilizando cualquiera de los medios establecidos en el Art. 31 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Legislación aplicable:

  • Legislación Aplicable

    Artículo 132 de la Ley 7/1985, 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. -Artículos 19 a 25 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Excmo. Ayuntamiento de Málaga.