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Revocación de Certificados Digitales emitidos por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre

Revocación del certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda, para anular la validez del certificado antes de la fecha de caducidad que consta en el mismo.
La revocación puede ser solicitada en cualquier momento, y en especial, cuando el titular crea que su certificado puede haber sido copiado y que se conoce su PIN (caso similar a la pérdida o robo de tarjetas bancarias).

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier persona que tenga un certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre en vigor y quiera revocarlo.

  • Fecha de solicitud:En cualquier momento
  • Plazo de resolución:Inmediato

Documentación necesaria

Original en vigor del DNI o NIE.

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Personarse en alguna de las oficinas tramitadoras con el DNI o NIE.
  • Se le dará el modelo de Solicitud de Revocación de Certificado de Identidad de Persona Física, que tendrá que firmar.
  • La oficina de acreditación transmitirá a la FNMT diariamente la solicitud para que ésta proceda a la revocación del certificado.

Procedimiento telefónico:

  • Llamar a los teléfonos 917406848 ó 913878337​​​​​​​ de la FNMT (servicio disponible 7x24)
    Esta opción, sólo permite revocar su certificado de persona física.
    Es recomendable en aquellos casos en que habiendo un compromiso grave de las claves y/o el certificado, no pudiera desplazarse a una Oficina de Acreditación, o en el lugar donde se encuentra no existiera ninguna de estas Oficinas, o éstas no estuvieran accesibles al público en esos momentos o por no poder utilizar la opción on - line.
  • Realice los pasos que le indican.

Procedimiento con certificado digital:

Lugares de tramitación



Preguntas frecuentes

Las causas principales son:
- Solicitud voluntaria del Suscriptor.
- Pérdida o daños en el soporte del certificado.
- Fallecimiento del suscriptor o de su representado, incapacidad sobrevenida, total o parcial, de cualquiera de ellos.
- Finalización de la representación o extinción de la entidad representada.
- Inexactitudes en los datos aportados por el suscriptor para la obtención del certificado.
- Que se detecte que las claves del Suscriptor o de la Autoridad de Certificación han sido comprometidas.