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Informaciones Urbanísticas

La Información Urbanística es un servicio mediante el cual la GMU facilita, a petición de la persona interesada, datos urbanísticos oficiales sobre una parcela, finca o actuación prevista.
Existen tres tipos de informaciones urbanísticas, en función de la finalidad de la consulta:
1. Información Urbanística de Calificación (INFURB)
Ofrece un documento descriptivo del régimen urbanístico aplicable a una finca, conforme al planeamiento vigente. Incluye información sobre:
- Clasificación y calificación del suelo.
- Parámetros urbanísticos aplicables.
- Usos admisibles según el Plan General.
- Cargas urbanísticas existentes o exigibles (que pueden requerir tramitación adicional en otros departamentos).
2. Información Urbanística de Uso (INFUSO)
Permite conocer si un uso concreto es viable o autorizable en una finca determinada, de acuerdo con el planeamiento urbanístico
Con este procedimiento la GMU confirma la posibilidad de destinar un inmueble a un uso específico (residencial, hospedaje, industrial, comercial, etc.) y la viabilidad de implantar una actividad concreta.
3. Información Urbanística-Consulta Previa (INFPE)
Describe las condiciones técnicas y urbanísticas a las que debe ajustarse una obra concreta, basándose en los datos aportados por el interesado.
Este tipo de información permite:
- Aclarar dudas antes de elaborar la documentación técnica necesaria para solicitar una licencia o presentar una declaración responsable de obras.
- Determinar si una actuación en un edificio protegido o zona arquelógica afecta o no a los elementos protegidos.
Cuando se acredita que la actuación no afecta a los elementos objeto de protección, la Información Urbanística previa puede habilitar la tramitación posterior mediante Declaración Responsable, evitando la obligación de solicitar licencia.

¿Quién lo puede solicitar?

Todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.
Todos los interesados podrán actuar por medio de representante, según lo establecido en el artículo 5 de la Ley 39/2015.

  • Fecha de solicitud:En cualquier momento
  • Plazo de resolución:1 mes
  • Plazo de validez y recurso:Recurso
    No procede la interposición de recurso.

Documentación necesaria

Formulario correspondiente

Obligaciones económicas

Conforme a Ordenanza fiscal, nº 15.

Silencio Administrativo

  • Efecto: Desestimatorio
  • Órgano de resolución: Gerente Municipal de Urbanismo, según los casos.

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • PRESENTAR DOCUMENTACIÓN:

    Para las personas físicas:
    -En la propia sede de la GMU: Puede asistir directamente al mostrador de entrada para recoger un número de atención en el mismo día, o bien, sí desea ser atendido un día y hora determinado, puede solicitar Cita Previa IMPRESCINDIBLE DNI y (en su caso) ACREDITACIÓN DE REPRESENTACIÓN

    -En cualquiera de los Registros señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

    - A través de Registro electrónico del Ayuntamiento de Málaga adjuntando los impresos (ver apartado impresos)

  • Deberá abonarse el 100% de las tasas en el momento de la presentación de la solicitud de licencia de obras, de conformidad con los artículos 3.a y 13 de la Ordenanza Fiscal nº 15.

    OBTENCIÓN DE LA CARTA DE PAGO Y EL ABONO DE LAS TASAS:

      a) Obtener carta de pago presencialmente: Debe personarse, con el formulario/solicitud de licencia cumplimentado, en la Sede de la GMU, sita en Paseo Antonio Machado 12, solicitando número para la Mesa Tributaria (letra C) en el mostrador de información, de lunes a viernes de 9:30 a 13:30, pudiendo realizar el pago en ese momento,únicamente con tarjeta bancaria.

      b) Obtener previamente la carta de pago a través de la web de la GMU: mediante el Asistente Tributario de Urbanismo (ATU). El pago se podrá efectuar:
          - Pago en línea: Una vez obtenida la carta de pago, se podrá realizar el pago online mediante tarjeta bancaria.
          - Pago presencial: Con la carta de pago obtenida, se podrá realizar el abono en la propia GMU (solo con tarjeta bancaria), así como en Cajeros Automáticos y en Sucursales de Entidades Colaboradoras.

  • Revisión por parte de la Administración de la documentación técnica y administrativa que acompaña a la solicitud.
  • Entrega del formulario normalizado acompañado de la documentación necesaria recogida en el anexo II.2.10 de la OMLU.
  • En el supuesto de que la documentación que acompaña a la solicitud esté incompleta o insuficiente, se le entregará acta de comparecencia, con la documentación necesaria para el trámite concreto.
  • Las notificaciones de los actos que puedan surgir del presente procedimiento, para los sujetos recogidos en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 y que hayan elegido el medio de notificación en papel, se practicarán en soporte papel y también a través de la Sede Electrónica, para lo que le recomendamos que facilite una dirección de correo electrónico, a los efectos de enviar un aviso, de puesta a disposición de su notificación en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Málaga.

Procedimiento con certificado digital:

  • Este procedimiento es obligatorio para toda persona jurídica, profesionales colegiados y sujetos obligados por el Art. 14.2 de la Ley 39/2015,no obstante las personas físicas, igualmente, pueden hacer uso de este procedimiento en Sede.

    Para la tramitación electrónica, es condición previa tener instalado un certificado digital en el navegador.

  • Acceda al trámite:Información Urbanística de Uso

Lugares de tramitación



  • Negociado de Registro General (Secretaría General)

    Avenida de Cervantes, nº 4

Legislación aplicable: