Solicitud de Declaración de Entidad de Utilidad Pública Municipal
Procedimiento mediante el cual las entidades que lo soliciten pueden ser declaradas de Utilidad Pública Municipal siempre y cuando acrediten reunir los requisitos y aporten la documentación estipulada en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana (Arts. 49 al 55).
¿Quién lo puede solicitar?
Las Asociaciones y Entidades inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades del Ayuntamiento de Málaga, cuyos fines estatutarios y actividades contribuyan significativamente al interés general de la ciudad y que cumplan con el requisito indispensable de llevar al menos dos años inscritas de forma ininterrumpida en la fecha de presentación de solicitud, habiendo mantenido actualizados sus datos durante ese periodo.
Excepcionalmente, y para el caso de fundaciones, se entenderá que cumplen ese requisito indispensable si la entidad lleva inscrita al menos dos años de forma ininterrumpida en la fecha de presentación de la solicitud y ha mantenido sus datos actualizados durante ese periodo en el Registro de Fundaciones de Andalucía o en los Registros de Fundaciones de competencia estatal.
- Fecha de solicitud:
En cualquier momento. - Plazo de resolución:
El establecido en el Catálogo Municipal de Procedimientos que es de 3 meses. - Plazo de validez y recurso:
Recurso reposición 1 mes o recurso contencioso administrativo 2 meses.
Documentación necesaria
1.Las asociaciones y entidades deberán cumplimentar el formulario de solicitud disponible en el trámite de Solicitud de Declaración de Entidad de Utilidad Pública Municipal en la sede electrónica.
2.Adjuntar el modelo de memoria de la entidad de los 2 últimos años, cumplimentado y disponible en el trámite.(En caso necesario se podrá añadir documentación anexa o ampliar el modelo requerido).
3.Adjuntar Inventario valorado de Bienes Inmuebles. En caso de no poseer ninguno en propiedad, se indicará dicha circunstancia aportando información sobre régimen de tenencia de locales o espacios que use para su labor (alquileres, cesiones, etc.). (archivo pdf)
4.Adjuntar Liquidación del presupuesto de ingresos y gastos de los dos últimos años referidos en la memoria. (archivo pdf)
Todos los documentos se aportarán en formato pdf y se tramitarán exclusivamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga.
Obligaciones económicas
Ninguna
¿Cómo realizar el trámite?
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
- Acceder al trámite en línea Solicitud de Declaración de Entidad Pública Municipal
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario (que deberá ser el de la entidad jurídica).
- Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.
Legislación aplicable:
Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana
¿ Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana Aprobado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el 27 de abril de 2023 y publicado en el BOP nº 139 de 18/07/2024, regula la participación tanto de entidades como de ciudadanos en la gestión municipal. Igualmente en su Título V, Capítulo 3, Sección 1ª (artículos del 49 al 55) regula la Declaración de Entidad de Utilidad Pública Municipal.
Preguntas frecuentes
-La consideración en la distribución de subvenciones municipales, convocatorias públicas de cesión de locales municipales, formalización de convenios, o en cualquier otro procedimiento que en su caso se determine.
-Implicará el reconocimiento del derecho a exenciones, bonificaciones y demás beneficios de carácter fiscal que pudieran establecerse en relación con los tributos e ingresos de derecho público propios del Ayuntamiento de Málaga.