Reconocimiento de la situación de Dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la Dependencia
La Ley 39/2006 garantiza la atención a todas aquellas personas que se encuentren en situación de dependencia por imposibiliad o dificultad para valerse por sí mismas, poniendo a su disposición servicios y prestaciones, a través del Sistema para la Autonomía Personal y atención a la Dependencia.
¿Quién lo puede solicitar?
Son beneficiarias del Sistema las personas mayores o con dicapacidad física, sensorial, intelectual o enfermedad mental,que obtengan la valoración de dependencia moderada, severa o gran dependencia, así como los menores de 3 años que se encuentre en esta situación
- Fecha de solicitud:Todo el año.
Documentación necesaria
¿Cómo realizar el trámite?
Procedimiento presencial:
- Acudir al Centro de Servicios Sociales de su Distrito
- Informacion sobre requisitos para acceder a valoracion de Dependencia
- Solicitud de Reconocimiento de Dependencia
- Peticion de datos obligatorios en caso de falta de documentacion obligatoria. 10 días a partir de la notificación. Peticion de datos adicionales en caso que se requieran. 15 días de plazo a partir de notificación.
- Comunicacion al solicitante de inicio de procedimiento.
- Enviar solicitud validada a Delegacion de Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucia
Lugares de tramitación
-
Centro de Servicios Sociales Comunitarios Distrito Centro
CALLE PADRE JORGE LAMOTHE,
4
(DISTRITO CENTRO)
-
Centro de Servicios Sociales Comunitarios Distrito Este
CALLE DÁNVILA Y COLLADO,
4
(DISTRITO ESTE)
-
Centro de Servicios Sociales Comunitarios Distrito Ciudad Jardín
CALLE LAS MORERAS,
6
(DISTRITO CIUDAD JARDIN )
-
Centro de Servicios Sociales Comunitarios Distrito Bailén-Miraflores
CALLE TEJARES,
50
(DISTRITO BAILEN-MIRAFLORES)
-
Centro de Servicios Sociales Comunitarios Distrito Palma-Palmilla
CALLE ALONSO CRUZADO,
4
(DISTRITO PALMA-PALMILLA)
-
Centro de Servicios Sociales Comunitarios Distrito Cruz de Humilladero
CALLE FERNÁNDEZ FERMINA,
7
(DISTRITO CRUZ DE HUMILLADERO)
-
Centro de Servicios Sociales Comunitarios Distrito Carretera de Cádiz
AVENIDA DE ISAAC PERAL,
23
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
-
Centro de Servicios Sociales Comunitarios Distrito Churriana
CALLE MAESTRO USANDIZAGA,
15
(DISTRITO CHURRIANA)
-
Centro de Servicios Sociales Comunitarios Distrito Campanillas
CALLE CRISTOBALINA FERNÁNDEZ,
4
(DISTRITO CAMPANILLAS)
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Centro de Servicios Sociales Comunitarios Distrito Puerto de la Torre.
CALLE LARA CASTAÑEDA,
61
(DISTRITO PUERTO DE LA TORRE)
Documentación
- Cita Previa CSSC Bailén Miraflores 515,67 KB
- Cita Previa CSSC Campanillas 568,25 KB
- Cita Previa CSSC Carretera de Cádiz 582,31 KB
- Cita Previa CSSC Centro 479,02 KB
- Cita Previa CSSC Churriana 560,90 KB
- Cita Previa CSSC Ciudad Jardín 503,28 KB
- Cita Previa CSSC Cruz de Humilladero 572,91 KB
- Cita Previa CSSC Este 294,88 KB
- Cita Previa CSSC Palma-Palmilla 312,99 KB
- Cita Previa CSSC Puerto de la Torre 568,91 KB
- Cita Previa CSSC Teatinos 566,22 KB
- Solicitud de Dependencia. 828,56 KB
Legislación aplicable:
LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia, publicado en BOE nº 299 de 15 de Diciembre de 2006
La presente Ley tiene por objeto regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, en los términos establecidos en las leyes, mediante la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas y la garantía por la Administración General del Estado de un contenido mínimo común de derechos para todos los ciudadanos en cualquier parte del territorio del Estado español.
DECRETO 168/2007, de 12 de junio, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones
Regula el procedimiento del Sistema de Dependencia en Andalucía.
Preguntas frecuentes
b) Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.