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TASA por utilizaciones privativas o aprovechamientos especiales recogidos en la Ordenanza fiscal Nº 41. Liquidación de la tasa para empresas de telefonía móvil

Liquidación de la tasa por utilizaciones privativas o aprovechamientos especiales constituidos en el subsuelo, suelo o vuelo de la vía pública o terrenos de uso público, en el caso de las empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil.

¿Quién lo puede solicitar?

Las empresas sujetos pasivos de la tasa dedicadas a la explotación de servicios de telefonía móvil, prestados total o parcialmente a través de recursos de su titularidad, tales como redes o instalaciones que materialmente ocupen el dominio público municipal.

  • Fecha de solicitud: Dentro del primer trimestre de cada año.

Documentación necesaria

Declaración referida a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, comprensiva de:

  • Longitud total de los metros lineales de las nuevas redes o instalaciones, tanto subterráneas como en superficie, ejecutadas durante el ejercicio, especificando el número de expediente de la Gerencia Municipal de Urbanismo correspondiente a la obra efectuada con indicación de los metros lineales ejecutados.
  • Número de líneas de telefonía móvil de la empresa o entidad explotadora de servicios móviles, en prepago y en pospago, así como de líneas de máquinas (M2M), de titulares o abonados que hayan declarado su domicilio en el término municipal.
  • Número de líneas de telefonía fija de la empresa o entidad explotadora de servicios móviles activas en el término municipal.

El incumplimiento de esta obligación será considerado infracción tributaria conforme a lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Otros datos de interés

Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
gestrisam.malaga.eu

¿Cómo realizar el trámite?

Procedimiento presencial:

  • Las empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil deben presentar en el primer trimestre de cada año, declaración referida a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, comprensiva de:

    • Longitud total de los metros lineales de las nuevas redes o instalaciones, tanto subterráneas como en superficie, ejecutadas durante el ejercicio, especificando el número de expediente de la Gerencia Municipal de Urbanismo correspondiente a la obra efectuada con indicación de los metros lineales ejecutados.
    • Número de líneas de telefonía móvil de la empresa o entidad explotadora de servicios móviles, en prepago y en pospago, así como de líneas de máquinas (M2M), de titulares o abonados que hayan declarado su domicilio en el término municipal.
    • Número de líneas de telefonía fija de la empresa o entidad explotadora de servicios móviles activas en el término municipal.

Lugares de tramitación