AUTORIZACIONES. Otorgamiento de representación a terceros para actuaciones administrativas no tributarias.
Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, es necesario acreditar la representación. Sólo se presume para los actos y gestiones de mero trámite.
Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante, entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado.
Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas.
También puede otorgarse la representación mediante poder notarial.
¿Quién lo puede solicitar?
La persona interesada en el procedimiento.
- Fecha de solicitud: En cualquier momento.
- Plazo de resolución: Inmediato.
Documentación necesaria
Impreso debidamente cumplimentado y firmado:
- Con firma electrónica de ambos (poderdante y representante). Deberá remitir el documento pdf a gestrisam@malaga.eu.
- Con firma manuscrita de ambos presencialmente ante un funcionario de este Organismo (apud acta), adjuntando fotocopia de los documentos de identidad en vigor:
- Ciudadanos de nacionalidad española, DNI o permiso de conducir.
- Los ciudadanos de la Unión Europea deberán aportar el documento de identidad de su país de origen.
- Los extracomunitarios podrán aportar el NIE o el pasaporte.Otros datos de interés
Este otorgamiento sólo se considerará válido si es firmado en persona por ambos ante un funcionario de este Organismo. No se admitirá si se recibe no habiéndose firmado ante éste.
Si se realiza con firma electrónica no será necesario la firma del funcionario.
¿Cómo realizar el trámite?
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Acudir a las oficinas tramitadoras acreditando su identidad y aportando la documentación necesaria.
Procedimiento sin certificado digital:
- Por internet
Lugares de tramitación
-
Edificio Tabacalera - Módulo 1. O.A. Gestión Tributaria
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
17
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
-
Junta Municipal de Distrito 1 Centro - OMAC
CALLE LA MERCED,
1
(DISTRITO CENTRO)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 2 - Málaga Este)
CALLE REAL,
18
(DISTRITO ESTE)
-
Junta Municipal de Distrito 3 Ciudad Jardín - OMAC
CALLE ALCALDE NICOLÁS MAROTO,
18
(DISTRITO CIUDAD JARDIN )
-
Junta Municipal de Distrito 4 Bailén-Miraflores - OMAC
CALLE MARTÍNEZ MALDONADO,
58
(DISTRITO BAILEN-MIRAFLORES)
-
Junta Municipal de Distrito 5 Palma-Palmilla - OMAC
CALLE DOCTOR GÁLVEZ MOLL,
11
(DISTRITO PALMA-PALMILLA)
-
Junta Municipal de Distrito 6 Cruz Del Humilladero - OMAC
CALLE CONDE DE GUADALHORCE,
15
(DISTRITO CRUZ DE HUMILLADERO)
-
Junta Municipal de Distrito 7 Carretera de Cádiz - OMAC
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
15
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
-
Junta Municipal de Distrito 8 Churriana - OMAC
PLAZA DE LA INMACULADA,
11
(DISTRITO CHURRIANA)
-
Junta Municipal de Distrito 9 Campanillas - OMAC
CALLE RAMÍREZ ARCAS,
2
(DISTRITO CAMPANILLAS)
-
Junta Municipal de Distrito 10 Puerto de la Torre - OMAC
CALLE VÍCTOR HUGO,
1
(DISTRITO PUERTO DE LA TORRE)
-
Junta Municipal de Distrito 11 Teatinos-Universidad - OMAC
CALLE DIEGO LÓPEZ DE ZÚÑIGA,
12
(DISTRITO TEATINOS-UNIVERSIDAD)
Documentación
Legislación aplicable:
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, arts. 5, 6, 14 y 68.