Addthis IMFE

Solicitud de Declaración de Entidad de Utilidad Pública Municipal

Procedimiento mediante el cual las entidades que lo soliciten pueden ser declaradas Entidad de Utilidad Pública Municipal siempre y cuando acrediten reunir los requisitos y aporten la documentación estipulada en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana (Arts. 34 al 41).

¿Quién lo puede solicitar?

Las Asociaciones y Entidades inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades del Ayuntamiento de Málaga, con una antigüedad mínima de dos años, cuyos fines estatutarios sean de carácter cívico, educativo, científico, cultural, deportivo, sanitario, de promoción de los valores constitucionales, de promoción de los derechos humanos, de asistencia social, de cooperación para el desarrollo, de promoción de la mujer, de protección de la infancia, de fomento de la igualdad de oportunidades y de la tolerancia, de defensa del medio ambiente, de fomento de la economía social o de la investigación, de promoción del voluntariado social, de defensa de consumidores y usuarios, de promoción y atención a las personas en riesgo de exclusión por razones físicas, sociales, económicas o culturales, y cualesquiera otros de similar naturaleza, y que contribuyan significativamente con sus actividades al interés general de la ciudad.

  • Fecha de solicitud:
    En cualquier momento.
  • Plazo de resolución:
    El establecido en el Catálogo Municipal de Procedimientos que es de 3 meses.
  • Plazo de validez y recurso:
    Recurso reposición 1 mes o recurso contencioso administrativo 2 meses.

Documentación necesaria

1. Las asociaciones y entidades deberán cumplimentar el formulario de solicitud
2. Adjuntar el Modelo de Memoria de la entidad de los 2 últimos años, cumplimentado y disponible en el trámite. (En caso necesario se podrá añadir documentación anexa o ampliar el modelo requerido).
3. Adjuntar Inventario valorado de Bienes Inmuebles. En caso de no poseer ninguno en propiedad, se indicará dicha circunstancia aportando información sobre régimen de tenencia de locales o espacios que use para su labor (alquileres, cesiones, etc.)
4. Adjuntar Liquidación del presupuesto de ingresos y gastos de los dos últimos años referidos en la memoria.

El formulario de solicitud junto con el modelo de memoria, el inventario valorado de bienes inmuebles (PDF) y la liquidación del presupuesto de los 2 últimos años, acompañado de la documentación e información necesaria, se tramitaráN exclusivamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga.

Obligaciones económicas

Ninguna

¿Cómo realizar el trámite?

Procedimiento con certificado digital:

  • Acceder al trámite en línea: Solicitud de Declaración de Entidad Pública Municipal.
  • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
  • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
  • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
  • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
  • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

Legislación aplicable:

  • Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana

    Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana Aprobado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno y publicado en el BOP nº 70 de 12/04/2006, regula la participación tanto de entidades como de ciudadanos en la gestión municipal. Igualmente en su Título II, Capítulo II (art.34 al 41) regula la Declaración de Entidad de Utilidad Pública Municipal.

Preguntas frecuentes

La declaración de EUPM solo desplegará efectos frente al Ayuntamiento de Málaga.
a) La entidad declarada EUPM podrá utilizar dicha mención en todos sus documentos. b) Será oida, cuando lo solicite expresamente y en la forma establecida, en cuantas comisiones y órganos de participación existan en el Ayuntamiento. c) Tendrá consideración en la distribución de subvenciones municipales y en la formalización de convenios. d) Podrá recibir ayuda técnica y asesoramiento de la Admon. Mcpal. e) Podrá obtener las exenciones, bonificaciones y demás beneficios de carácter fiscal que pudieran establecerse en cuanto a tributos e ingresos de derecho público propios de las Entidades Locales. f) Podrá utilizar los recursos y beneficios municipales que se determinen en cada caso.
1) Rendir cuentas anuales ante el Registro Municipal de Asociaciones. 2) Presentación de memoria descriptiva de actividades realizadas el año anterior. 3) Facilitar al Ayto. cuantos informes y documentos sobre sus actividades le sean requeridos.
Si. La declaración puede ser revocada en caso de que la entidad no mantenga actulizados sus datos o si deja de cumplir los requisitos exigidos para su declaración.
Si, pero la entidad deberá iniciar todo el procedimiento de nuevo, y cumplir con los requisitos exigidos para recibir dicha declaración.