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AUTORIZACIONES. Representación o autorización a terceros ante la Inspección Tributaria

Otorgamiento de representación o autorización a terceros para actuar ante la Inspección Tributaria.

¿Quién lo puede solicitar?

El interesado en el caso de personas físicas.
Cuando se trate de personas jurídicas la autorización deberá ser concedida por algún representante de la entidad, aportándose en este caso, además de los respectivos DNI, documentación acreditativa de la representación ostentada.

  • Fecha de solicitud:Podrá actuarse a través de representante en cualquier momento del procedimiento inspector siempre y cuando quede suficientemente acreditada la representación.
  • Plazo de resolución:Presentación en la fecha indicada para la comparecencia.

Documentación necesaria

  • Impreso debidamente cumplimentado y firmado.
  • Identificación del interesado y autorizado (copia de DNI, NIF, tarjeta de residencia, permiso de conducción o pasaporte, vigentes).
  • En caso de solicitarlo un tercero, identificación del mismo (copia del documento identificativo) y autorización del interesado.
  • En caso de persona jurídica: copia de poder de representación o autorización, copia de escritura de constitución, copia de documento identificativo del representante, autorizado y otorgante, y copia de tarjeta de identificación fiscal.

Otros datos de interés

Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
www.gestrisam.malaga.eu

¿Cómo realizar el trámite?

Procedimiento presencial:

Lugares de tramitación



Legislación aplicable: