Convocatoria de Subvenciones del Ayuntamiento de Málaga en Régimen de Concurrencia Competitiva a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro para el año 2026
Esta convocatoria tiene como finalidad financiar proyectos a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, en las líneas de actuación que a continuación se relacionan, con el objeto de potenciar aquellos servicios de interés general para la colectividad que complementen las competencias municipales:
-Derechos Sociales, Políticas inclusivas y Diversidad.
-Participación Ciudadana y Migración.
-Igualdad de Oportunidades
-Accesibilidad
-Cultura
-Consumo
-Comercio
-Juntas Municipales de Distrito
Las actividades subvencionadas se realizarán, sin posibilidad de ampliación de plazo, durante el ejercicio presupuestario 2026.
Fuera de plazo
¿Quién lo puede solicitar?
1. Las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos exigidos en la presente convocatoria y para las líneas de actuación que se relacionan en la misma.
2. Asimismo podrán ser solicitantes/beneficiarias las agrupaciones jurídicas, públicas o privadas que, careciendo de personalidad, puedan llevar a cabo conjuntamente un proyecto común, siempre que cumplan con los demás requisitos exigidos en esta convocatoria y demuestren la suficiente solvencia económica para su ejecución, mediante la aportación propia de, al menos, el 50% del coste total del proyecto.
- Fecha de solicitud:El plazo para la presentación de solicitudes será desde del xx al xx de xx de 2026, ambos inclusive.
- Plazo de resolución:
6 Meses - Plazo de validez y recurso:Recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción competente pudiendo, no obstante, interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición en vía administrativa.
Documentación necesaria
Las asociaciones y entidades deberán: 1. Cumplimentar el formulario de solicitud, disponible en el trámite de subvenciones de la sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga. 2. Adjuntar el modelo de proyecto normalizado contemplado en la misma, uno por solicitud. No se valorará la información contenida en anexos adicionales al modelo normalizado. En el caso de agrupaciones de personas jurídicas sin personalidad, se deberá rellenar el apartado específico del modelo de proyecto.
Silencio Administrativo
- Órgano de instrucción: Direcciones Generales de las Áreas competentes y Jefaturas de Distrito. En ausencia de éstos, recaerá en el máximo responsable de la unidad administrativa.
- Órgano de resolución: Tenientes de Alcalde Delegados/as, Concejales/as Delegados/as y los/las Concejales/as de las Juntas Municipales de Distrito correspondientes.
¿Cómo realizar el trámite?
Procedimiento con certificado digital:
- El formulario de solicitud junto con el modelo de proyecto, acompañado de la documentación e información necesaria, se tramitará exclusivamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga, en la dirección https://sede.malaga.eu; o desde el enlace disponible para ello en el portal institucional http://www.malaga.eu.
- Acceder al trámite en línea: Convocatoria de Subvenciones del Ayuntamiento de Málaga en Régimen de Concurrencia Competitiva.
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
- Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.
Documentación
- Bases de la convocatoria 2025.pdf 497,13 KB
- Guía de justificación de subvenciones 623,89 KB
- Memoria de justificación para subvención superior 1000 euros.pdf 903,88 KB
- Memoria de justificación simplificada para subvención igual o inferior a 1.000 euros.pdf 838,67 KB
- Memoria justificación - anexo facturas (opcional).pdf 713,07 KB
- Modelo de alegación.pdf 119,25 KB
- Modelo de proyecto Convocatoria General.pdf 227,97 KB
- Modelo de renuncia, aceptación y reformulación.pdf 225,30 KB
- Modelo devolución voluntaria de subvención.pdf 212,28 KB
- Tutorial justificación de subvenciones.pdf 2325,78 KB
- Tutorial presentación en Sede Electrónica.pdf 1635,30 KB
Legislación aplicable:
Ordenanza General de Subvenciones.
Aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno y publicada en el BOP nº 213, de 8 de noviembre de 2022.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Ley General de Subvenciones
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Plan Estratégico de Subvenciones.
Plan Estratégico de Subvenciones para el año actual.
Presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Málaga.
Presupuesto para el año actual.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Reglamento General de Subvenciones
