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Autorización de Transporte Regular de Uso Especial: Escolar, Trabajadores, en el municipio de Málaga

Solicitud de autorización para poder realizar el transporte regular de uso especial en la modalidad escolar, trabajadores, etc... cuyo recorrido se realiza íntegramente en el municipio de Málaga.

¿Quién lo puede solicitar?

La empresa que vaya a realizar transporte dentro del municipio de Málaga.

  • Fecha de solicitud: Previo a iniciar el transporte.
  • Plazo de resolución: 2 meses desde la presentación de la solicitud completa.
  • Plazo de validez y recurso: La validez de la autorización es de un año o si es transporte escolar es hasta la finalización del curso escolar. El plazo del recurso es de 1 mes desde la Notificación de la autorización.

Documentación necesaria

1. Solicitud de Transporte Regular.
2. Descripción de cada ruta y parada correspondientes para esta autorización.
3. Contrato con el colegio o centro de trabajo.
4. Relación complementaria de vehículos dedicados al servicio, si procede.

Obligaciones económicas

No

Silencio Administrativo

  • Efecto: Estimatorio
  • Órgano de instrucción: Área de Movilidad
  • Órgano de resolución: Área de Movilidad

Otros datos de interés

En el caso de que el transporte discurra entre 2 o más municipios, es la Junta de Andalucía la competente para autorizar el transporte.

¿Cómo realizar el trámite?

Procedimiento con certificado digital:

  • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos
  • Acceda al trámite: Autorización del Transporte Escolar en el municipio de Málaga.
  • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
  • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
  • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
  • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

Lugares de tramitación



Legislación aplicable:

Preguntas frecuentes

Sí, y además en aquellas vías donde haya parada para recoger escolares, hay que indicarlo.
Sí. Siempre que se compute la edad del vehículo desde la primera matriculación hasta el inicio del curso escolar, y no rebase la edad de 16 años, puesto que no se pueden autorizar vehículos que superen la antigüedad de 16 años.