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PADRÓN DE HABITANTES. Empadronamiento y cambios de domicilio

Altas, cambios de domicilio y variación de datos personales en el Padrón Municipal de Habitantes.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier ciudadano que resida en el término municipal de Málaga.
Si a lo largo del año reside también en otro municipio, se empadronará donde resida durante más tiempo al año.

  • Fecha de solicitud: En cualquier momento.

Documentación necesaria

Documentación necesaria.

Instrucciones para cumplimentar la hoja de empadronamiento.

Otros datos de interés

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¿Cómo realizar el trámite?

Procedimiento presencial:

  • Entregar la hoja padronal junto con la documentación requerida en cualquier OMAC o en las oficinas de Gestión Tributaria.
  • Una vez comprobada la documentación, los datos serán tratados administrativamente e introducidos en el Padrón Municipal de Habitantes.
  • La presentación de la hoja cumplimentada en su Ayuntamiento implica su conformidad para actualizar el Censo Electoral en consonancia con los datos reflejados en ella.

Lugares de tramitación



Legislación aplicable:

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

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  • Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.

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  • Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común (Artículo 21.3.b)

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  • Resolución de 17 de enero de 2020

    Resolución de 17 de febrero de 2020 de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las CC.AA. y Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal. acceso a la resolución