Vencimiento de nichos con concesión a 5 años
Pasados 5 años de la inhumación de un cadáver, la familia tiene 3 meses para optar por las siguientes soluciones:
Ampliación de la concesión a 50 o 75 años.
Incineración de los restos y retirada de cenizas.
Parcemasa dispone de Columbarios por 50 o 75 años para el depósito de las cenizas.
Exhumación de los restos y su deposito en un osario por 50 o 75 años.
Exhumación de los restos para traslado a otro cementerio.
¿Quién lo puede solicitar?
Responsable/titular de la concesión a 5 años.
- Fecha de solicitud:Durante los tres meses siguientes al vencimiento de los 5 años.
- Plazo de resolución:3 meses desde el vencimiento de la concesión por 5 años.
Documentación necesaria
Documentación de Parcemasa perteneciente al fallecido (que les fue facilitada por la funeraria).Si no es el titular de la documentación, ademas tiene que presentar autorización por escrito del titular, acompañada por fotocopia del DNI del mismo.
¿Cómo realizar el trámite?
Procedimiento presencial:
- Acudir a las oficinas de Parcemasa.
- Entregar la documentación solicitada e indicar la opción elegida.
- Se formalizará el contrato.
- Se abona la factura.
- Se ejecutará la opción elegida.
Documentación
Legislación aplicable:
Ordenanza municipal nº 18
Funerarios, prestación de servicios de cementerios municipales y otros servicios funerarios.
Reglamento de régimen interior de los servicios de Cementerios municipales de la ciudad de Málaga.
Reglamento de régimen interior de los servicios de Cementerios municipales de la ciudad de Málaga.