Solicitud de Mediación Policial
La Ley Orgánica 2/1986 de 13 de Marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en su Título V: De las Policías Locales, artículo 53 apartado i, señala entre las funciones de la Policía Local la de:
Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.
- La Mediación Policial es una herramienta que la Policía Local ofrece a los ciudadanos para la resolución de conflictos, que en caso contrario, suelen terminar en los Juzgados, incluso en enfrentamientos personales más graves.
- Mediante el presente trámite podrá solicitar los servicios de mediación policial para resolver de la mejor manera posible y más rápida las situaciones de conflictos que puedan surgir en la convivencia diaria.
¿Quién lo puede solicitar?
Todos los ciudadanos/as de Málaga que se encuentren con un conflicto de convivencia ciudadana.
- Fecha de solicitud: En cualquier momento.
- Plazo de resolución: Unos 40 días desde que asisten a la entrevista.
Documentación necesaria
Formulario adjunto cumplimentado
Obligaciones económicas
Ninguna. Es un servicio que la Policía Local presta de forma totalmente gratuita.
Otros datos de interés
Características del proceso de mediación:
- Proceso ágil, rápido y sencillo.
- Voluntariedad por todas las partes.
- Predisposición de dialogar hasta llegar a soluciones.
- Se puede interrumpir en cualquier momento el proceso de mediación por cualquiera de las partes.
¿Cómo realizar el trámite?
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Cumplimentar el formulario de solicitud de mediación policial (descargar aquí)
- Entregar la solicitud en uno de los lugares establecidos en el apartado Lugares de Tramitación
Procedimiento sin certificado digital:
- Remisión vía e-mail
- Rellene el formulario de solicitud de mediación policial (descargar aquí)
- Una vez cumplimentado el formulario y firmado envíelo por correo electrónico en formato PDF a mediacion.plocal@malaga.eu
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
- Acceder al trámite en línea: Solicitud de Mediación de Policía Local.
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
- Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.
Lugares de tramitación
-
Junta Municipal de Distrito 4 Bailén-Miraflores - OMAC
CALLE MARTÍNEZ MALDONADO,
58
(DISTRITO BAILEN-MIRAFLORES)
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Junta Municipal de Distrito 8 Churriana - OMAC
PLAZA DE LA INMACULADA,
11
(DISTRITO CHURRIANA)
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110.-Jefatura de Policía de Barrio Puerto de la Torre y Teatinos (Policía Local)
CALLE PLAUTO,
2
(DISTRITO PUERTO DE LA TORRE)
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102.-Jefatura de Policía de Barrio Este (Policía Local)
AVENIDA DE SALVADOR ALLENDE,
161
(DISTRITO ESTE)
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103.-Jefatura de Policía de Barrio Norte (Policía Local)
CALLE GASPAR NÚÑEZ DE ARCE,
2
(DISTRITO BAILEN-MIRAFLORES)
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106.-Jefatura de Policía de Barrio Cruz de Humilladero (Policía Local)
CALLE VIRGEN DE LA FUENSANTA,
1
(DISTRITO CRUZ DE HUMILLADERO)
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109.-Jefatura de Policía de Barrio Campanillas (Policía Local)
CALLE CRISTOBALINA FERNÁNDEZ,
6
(DISTRITO CAMPANILLAS)
-
101.-Jefatura de Policía de Barrio Centro (Policía Local)
AVENIDA DE LA ROSALEDA,
19
(DISTRITO CENTRO)
-
107.-Jefatura de Policía de Barrio Carretera de Cádiz (Policía Local)
CALLE MANUEL VARGAS,
9
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
-
108.-Jefatura de Policía de Barrio Churriana (Policía Local)
CALLE SEDELLA,
38
(DISTRITO CHURRIANA)
-
Junta Municipal de Distrito 9 Campanillas - OMAC
CALLE RAMÍREZ ARCAS,
2
(DISTRITO CAMPANILLAS)
-
Junta Municipal de Distrito 10 Puerto de la Torre - OMAC
CALLE VÍCTOR HUGO,
1
(DISTRITO PUERTO DE LA TORRE)
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Junta Municipal de Distrito 11 Teatinos-Universidad - OMAC
CALLE DIEGO LÓPEZ DE ZÚÑIGA,
12
(DISTRITO TEATINOS-UNIVERSIDAD)
-
Junta Municipal de Distrito 5 Palma-Palmilla - OMAC
CALLE DOCTOR GÁLVEZ MOLL,
11
(DISTRITO PALMA-PALMILLA)
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Junta Municipal de Distrito 3 Ciudad Jardín - OMAC
CALLE ALCALDE NICOLÁS MAROTO,
18
(DISTRITO CIUDAD JARDIN )
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 2 - Málaga Este)
CALLE REAL,
18
(DISTRITO ESTE)
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Junta Municipal de Distrito 6 Cruz Del Humilladero - OMAC
CALLE CONDE DE GUADALHORCE,
15
(DISTRITO CRUZ DE HUMILLADERO)
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Junta Municipal de Distrito 7 Carretera de Cádiz - OMAC
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
15
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
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Junta Municipal de Distrito 1 Centro - OMAC
CALLE LA MERCED,
1
(DISTRITO CENTRO)
-
Junta Municipal de Distrito 2 Este
CALLE MARTÍNEZ FALERO,
34
(DISTRITO ESTE)
Legislación aplicable:
Ley organica 2/86. Titulo V, Articulo 53 del 13 de Marzo de fuerzas y cuerpos de seguridad
artículo 53 apartado i, señala entre las funciones de la Policía Local la de: Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.