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Servicio de Ayuda a Domicilio

Prestación realizada preferentemente en el domicilio, que proporciona, mediante personal cualificado y supervisado un conjunto de actuaciones preventivas, formativas, rehabilitadoras y de atención a las personas y unidades de convivencia con dificultades para permanecer o desenvolverse en su medio habitual.
La prestación será de caracter complementario y transitorio, especialmente en los casos en los que el servicio se presta a personas no dependientes.

¿Quién lo puede solicitar?

Podrán ser beneficiarios del Servicio de Ayuda a Domicilio todas aquellas personas, familias u otras unidades de convivencia que reúnan, entre otros, los siguientes requisitos:

1. Estar empadronado y residir en el Municipio de Málaga.
2. Personas que, aunque no tengan reconocido grado de dependencia, padezcan dificultades para permanecer o desenvolverse en su domicilio.
3. Tener reconocido grado de dependencia

  • Fecha de solicitud:Todo el año.

Documentación necesaria

  • Solicitud debidamente cumplimentada y firmada.
  • Fotocopia del D.N.I. del titular o representante.
  • Justificante de ingresos de la unidad familiar.
  • Cualquier otro documento que acredite las circunstancias que se alegen.
  • Otros documentos que el profesional le requiera en función de la situación y demanda planteada.
  • Obligaciones económicas

    El Servicio de Ayuda a Domicilio está sujeto a la participación de las personas usuarias en el coste del servicio

    ¿Cómo realizar el trámite?

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Solicitar cita previa en el Centro de Servicios Sociales del Distrito donde resida la persona.
    • Acudir al Centro de Servicios Sociales donde se ha concertado la cita con el/la Trabajador/a Social y exponga su situación.

    Procedimiento telefónico:

    • Solicitar cita previa en el Centro de Servicios Sociales del Distrito donde resida la persona.
    • Acudir al Centro de Servicios Sociales donde se ha concertado la cita con el/la Trabajador/a Social y exponga su situación.

    Lugares de tramitación



    • En los Centros Municipales de Servicios Sociales Comunitarios.

    Legislación aplicable:

    • Reglamento Municipal del Servicio de Ayuda a Domicilio

      Regula el acceso a los servicios del Sistema de Ayuda a Domicilio conforme a los requisitos que dicho Reglamento establece.