Convocatoria de subvenciones para Campamentos Urbanos Semana Blanca
El objeto de la presente convocatoria es la regulación de ayudas económicas para familias con menores en edad escolar y dirigidas a abonar los gastos derivados de la inscripción y disfrute de CAMPAMENTOS URBANOS, organizados tanto por administraciones públicas como por entidades privadas, durante los días laborables del período conocido como "Semana Blanca" del año 2020 (del 24 al 28 de febrero de 2020, ambos inclusive).
Estas ayudas tienen como objetivo financiar total o parcialmente el coste que supone la inscripción de los menores de edad en esta actividad y favorecer la conciliación de la vida laboral de los padres o tutores de estos.
Quedan excluidos los campamentos que:
1.Se desarrollen fuera del municipio de Málaga.
2.Los que incluyan pernoctaciones.
3.Los que se desarrollen en espacios inapropiados o con personal no cualificado o por entidades no habilitadas.
Fuera de plazo
¿Quién lo puede solicitar?
Podrán ser solicitantes de ayuda económica los padres o tutores de menores con edad escolar en la franja comprendida entre los 3 y los 12 años de edad, y que cumplan los siguientes requisitos:
1.Ser mayor de edad.
2.Estar empadronado en el municipio de Málaga.
3.No estar pendiente ningún miembro de la unidad familiar residente en el domicilio de referencia de justificar documentalmente ayudas económicas concedidas con anterioridad, dentro de esta convocatoria (tanto Semana Blanca como Educa en Verano).
4.No ser beneficiario de ayudas para el mismo fin por otra entidad pública.
5.Estar incluido dentro de los límites de ingresos que establece la presente convocatoria.
- Fecha de solicitud:Del 7 al 26 de febrero de 2020.
En horario de 9:00 a 14:00 horas
Documentación necesaria
1.Solicitud según el modelo normalizado.
2.Impreso de aportación de datos bancarios.
3.Los miembros de las unidades familiares que sean perceptores de ingresos económicos (excepto los solicitantes con menores incluidos en el Plan PRAI) deberán aportar la siguiente documentación:
- En caso de ser trabajador por cuenta ajena: fotocopia de las nóminas de los meses de octubre y noviembre de 2019.
- En caso de ser trabajador por cuenta propia: fotocopia de la declaración del último trimestre de 2019.
4.Fotocopia del libro de familia o documento oficial que acredite la composición de la unidad familiar.
Obligaciones económicas
- Justificar la ayuda mediante la factura correspondiente que acredite el pago de la actividad, en el plazo de un mes desde que se percibe la ayuda.
- Reintegrar las cantidades indebidamente percibidas o no gastadas.
¿Cómo realizar el trámite?
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Presentación de solicitud y demás documentación en el registro general o en cualquier oficina OMAC.
Para el pago por transferencia es imprescindible entregar el documento original de aportación de datos bancarios sellado por la entidad bancaria a nombre del solicitante de la ayuda. - En caso de que la documentación presentada sea incompleta o defectuosa se dará un plazo de 10 días para que se subsanen las faltas.
- La lista de beneficiarios de la ayuda será publicada en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Málaga, disponiendo de 10 días hábiles para subsanar la solicitud, aportar documentación o presentar cuantas alegaciones estime oportunas.
- Justificar la totalidad del importe de la ayuda recibida. En caso de que la justificación sea inferior al importe de la ayuda, la diferencia será reintegrada por el beneficiario en la cuenta municipal ES07 2103 0146 9100 3002 6690.
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
- Acceder al trámite en línea: Convocatoria de Ayudas Económicas Semana Blanca.
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
- Iniciar la tramitación cumplimentando la solicitud en línea y añadir la documentación pertinente.
Para el pago por transferencia es necesario incluir el certificado de titularidad de la cuenta a nombre del solicitante de la ayuda emitido por la entidad bancaria con sistema de verificación.
En caso de no disponerlo habrá de entregar el impreso original de aportación de datos bancarios sellado por la entidad bancaria como en el procedimiento presencial.
Firmar electronicamente la solicitud. - La lista de beneficiarios de la ayuda será publicada en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Málaga, disponiendo de 10 días hábiles para subsanar la solicitud, aportar documentación o presentar cuantas alegaciones estime oportunas.
- Justificar la totalidad del importe de la ayuda recibida. En caso de que la justificación sea inferior al importe de la ayuda, la diferencia será reintegrada por el beneficiario en la cuenta municipal ES07 2103 0146 9100 3002 6690.
Lugares de tramitación
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Junta Municipal de Distrito 11 Teatinos-Universidad - OMAC
CALLE DIEGO LÓPEZ DE ZÚÑIGA,
12
(DISTRITO TEATINOS-UNIVERSIDAD)
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Junta Municipal de Distrito 1 Centro - OMAC
CALLE LA MERCED,
1
(DISTRITO CENTRO)
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Junta Municipal de Distrito 3 Ciudad Jardín - OMAC
CALLE ALCALDE NICOLÁS MAROTO,
18
(DISTRITO CIUDAD JARDIN )
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Junta Municipal de Distrito 5 Palma-Palmilla - OMAC
CALLE DOCTOR GÁLVEZ MOLL,
11
(DISTRITO PALMA-PALMILLA)
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Junta Municipal de Distrito 6 Cruz Del Humilladero - OMAC
CALLE CONDE DE GUADALHORCE,
15
(DISTRITO CRUZ DE HUMILLADERO)
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Junta Municipal de Distrito 8 Churriana - OMAC
PLAZA DE LA INMACULADA,
11
(DISTRITO CHURRIANA)
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Junta Municipal de Distrito 9 Campanillas - OMAC
CALLE RAMÍREZ ARCAS,
2
(DISTRITO CAMPANILLAS)
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Junta Municipal de Distrito 10 Puerto de la Torre - OMAC
CALLE VÍCTOR HUGO,
1
(DISTRITO PUERTO DE LA TORRE)
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Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 2 - Málaga Este)
CALLE REAL,
18
(DISTRITO ESTE)
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Junta Municipal de Distrito 4 Bailén-Miraflores - OMAC
CALLE MARTÍNEZ MALDONADO,
58
(DISTRITO BAILEN-MIRAFLORES)
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Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Carretera de Cádiz)
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
15
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
- 1.Las solicitudes, en modelos normalizados, irán acompañadas de la documentación detallada en el artículo 3 y se presentarán, preferentemente, en las distintas OMACs, o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en el art.16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.