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Venta de solares o parcelas por el Instituto Municipal de la Vivienda.

Subastas de terreno municipal para la edificación de viviendas, comercial, etc.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier persona física o jurídica que no se halle en curso de prohibición para contratar con administración pública (art.60 del Texto Refundido de la Ley de Contratación del Sector Público).

  • Fecha de solicitud: Cuando se decida la venta de solares o parcelas previa aprobación por el Consejo Rector del Instituto Municipal de la Vivienda.
  • Plazo de resolución: 2 meses (aproximadamente).
  • Plazo de validez y recurso: La validez será para cada subasta. El plazo de recurso será el que establezca el pliego de condiciones específico de cada subasta.

Documentación necesaria

Se presentarán 2 sobres cerrados:

  • Sobre1:
    1. Declaración a efectos de lo previsto en el art 146.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratación del Sector Público
    2. Fotocopia del DNI o CIF
  • Sobre2:
    1. Modelo de la propuesta económica con la especificación del bien a que se concurre.

Otros datos de interés

Los gastos de publicación en el B.O.P. y la Prensa se cargarán a los adjudicatarios de la subasta.

¿Cómo realizar el trámite?

Procedimiento presencial:

  • Acudir a las Oficinas del IMV o a la OMAC para recoger el pliego de condiciones que rigen la venta o consultar la información en el perfil del Contratante del IMV.
  • Entregar en la Secretaría del Instituto Municipal de la Vivienda el sobre cerrado con la oferta económica y el sobre con la documentación complementaria.
  • Comunicación a todos los concurrentes del resultado de la subasta con el acuerdo de la mesa de contratación.
  • Pago del solar o parcela al que se opta por quien resulte adjudicatario y escritura pública notarial de compra-venta. Devolución de la fianza al resto los concurrentes.

Lugares de tramitación