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Declaración Responsable de Actividades

Procedimiento para regular el ejercicio de actividades incluyendo, en general, cualquier actividad distinta al uso de vivienda y sus instalaciones complementarias.

¿Quién lo puede solicitar?

Están obligados a la presentación de declaración responsable en forma los titulares de actividades y establecimientos que se implanten, amplíen o reformen en el termino municipal de Málaga. Tf. de Información: 951926148 Fax: 951926543

  • Fecha de solicitud: Con anterioridad al inicio de la actividad.
  • Plazo de resolución: Inmediato

Documentación necesaria

1. Impreso de Declaración Responsable (1), según modelo normalizado y suscrito por el titular de la actividad o representante debidamente autorizado.
2. Identificación del titular: · En el caso de personas físicas fotocopia del N.I.F. o N.I.E. · En el caso de personas jurídicas fotocopia del C.I.F., del N.I.F. o N.I.E. del representante y del documento acreditativo de la capacidad legal para la representación.
3. Documento acreditativo de la disponibilidad de uso del establecimiento (escritura de compraventa, contrato de arrendamiento, etc.).
4. Documentación relativa a la viabilidad de uso urbanítica: Licencia de utilización en caso de ser preceptiva. En otro caso Licencia de obra si se especifica el uso o Informe Urbanístico de viabilidad de uso emitido por la GMU o en caso de Suelo Urbanizable de Actuación Directa podrá presentarse, Certificado de Síntesis Urbanística(2), según modelo normalizado, suscrito por técnico competente, acompañado de Plano de Situación a escala 1/5000 según Plano de Calificaciones y Usos del P.G.O.U. vigente, marcando la ubicación exacta de la edificación objeto de consulta.
5. Documentación técnica, que variará en función de las características del establecimiento, suscrita por técnico competente. · Certificado de seguridad de las instalaciones(2), según modelo normalizado, acompañado de planos de planta, a escala adecuada y normalizada, que reflejen la distribución con mobiliario y usos de las distintas dependencias así como las instalaciones (extintores, alumbrado de emergencia, etc.) del establecimiento e incluya leyenda con la superficie construida total y desglosada la de almacén y al aire libre, si la actividad no se encuentra incluida en la Ley 13/1999 o en el Apéndice 5 de la OMPCI y dispone de una superficie inferior a 300 m². · En caso contrario, se deberá aportar Proyecto Técnico(2), acompañado de Certificado de la Dirección Técnica de las Instalaciones(2), que deberá ajustarse a modelo normalizado.(Aportar Proyecto Técnico exclusivamente en formato digital)
6. Documentación en cuanto a los instrumentos de Prevención y Control Ambiental: Para las actividades incluidas en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, deberá presentar Copia del Dictamen Definitivo del instrumento de Prevención y Control Ambiental (AAI, AAU o CA) y para aquellas que les sea de aplicación la Calificación Ambiental mediante Declaración Responsable (CA-DR), deberá presentar Síntesis medioambiental, según modelo normalizado.
7. Para los cambios de titularidad, es decir, que el establecimiento mantenga íntegramente las condiciones anteriores (distribución, instalaciones de protección contra incendios, medidas técnico-sanitarias, etc.) que constan en el Excmo. Ayto. se deberá presentar: · Certificado de Persistencia(2) según modelo normalizado, suscrito por técnico competente. Para cambio de titularidad de establecimientos con música deberá aportar documentación técnica acreditativa del cumplimiento de la Disposición transitoria 5ª del Decreto 6/2012 de 17 de enero.
A estos efectos, con carácter previo a la presentación del certificado de persistencia, con carácter general, se deberá presentar Solicitud de vista de expediente por cambio de titularidad.
(1) Las actividades contempladas en el ámbito de aplicación de la Ley 13/1999, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, deberán ajustarse, en cuanto a su denominación y definición, a las recogidas en el Nomenclátor y en el Catálogo que se insertan en los Anexos I y II del Decreto 78/2002, de 26 de febrero, por el que se aprueban el Nomenclátor y el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
(2) En caso de que la documentación técnica aportada no este visada por su correspondiente Colegio Oficial en aplicación del RD 1000/2010 se deberá aportar: · Documento acreditativo de la Colegiación profesional. · Copia del Seguro de Responsabilidad Civil para el ejercicio profesional. · Certificado de no estar inhabilitado.

Obligaciones económicas

Pago de las tasas municipales según lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal nº 16 en vigor.

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Acudir a las Oficinas del Servicio de Aperturas o a cualquier Oficina Municipal de Atención al Ciudadano (OMAC).
  • Presentar el impreso de Declaración Responsable, según modelo normalizado (por duplicado) debidamente cumplimentado, suscrito por el titular de la actividad o representante autorizado y acompañado de la documentación necesaria.
  • Obtener copia registrada de su presentación.
  • En caso de que la documentación presentada este incompleta se le requerirá su subsanación mediante notificación por escrito.
  • Una vez resuelto administrativamente el expediente, la actividad podrá ser objeto de control técnico posterior.

Procedimiento con certificado digital:

  • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos.
  • Acceda al trámite: Declaración Responsable de Actividades.
  • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
  • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
  • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
  • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

Lugares de tramitación



Legislación aplicable:

  • Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía. (BOJA nº 152 de 31 de diciembre de 1999).

  • Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (BOJA nº 143 de 20 de julio de 2007).

  • Ordenanza Municipal para la Prevención y Control de ruido y vibraciones (BOP nº 94 de 19 de Mayo de 2009).

  • Ordenanza Reguladora del Procedimiento de Ejercicio de Actividades mediante Declaración Responsable, Comunicación Previa y Licencia de Apertura de Establecimientos. (BOP nº 44 de 7 de marzo de 2011).

  • Ordenanza Municipal frente a la Contaminación Atmosférica. (BOP de 23 de marzo de 1994).

  • Ordenanza Municipal Reguladora de Accesibilidad del Municipio de Málaga. (BOP nº 35 de 20 de febrero de 2004).

  • Decreto 247/2011, de 19 de julio, por el que se modifican diversos Decretos en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas. (BOJA nº 150 de 2 de agosto de 2011).

  • Ordenanza Municipal para la Limpieza de Espacios Públicos y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos (BOP nº 93 de 18 de mayo de 2009).

  • Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios. (BOE nº 126 de 26 de mayo de 2012).

  • Ordenanza Nº 16. Tasa por la realización de actividades administrativas con motivo de la apertura de establecimientos. (BOP nº 249 de 28 de diciembre de 2012).

  • Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios de Málaga (BOP nº 40 de 2 de marzo de 2010).

  • Decreto-Ley 5/2014, de 22 de abril, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas

  • Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local

  • Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

  • Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado

  • Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas

  • Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre

  • Ley 12/2012 de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios. (BOE nº 311 de 27 de diciembre de 2012).