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Procedimiento sobre conservación de la edificación

El procedimiento de conservación de las edificaciones, se regula en la Ordenanza municipal de Conservación e Inspección Técnica de las edificaciones vigente, publicada el 25 de noviembre de 2013, que regula la obligación de los propietarios de las edificaciones, urbanizaciones, solares, terrenos y demás bienes inmuebles, de conservarlos en estado de seguridad, salubridad y ornato público, de acuerdo con la legislación aplicable. Las mismas obligaciones de conservación, respecto a las urbanizaciones y terrenos, recaerán en las Juntas de Compensación y las Entidades Urbanísticas de Colaboración, en el ámbito de su competencia.

¿Quién lo puede solicitar?

La iniciación de los procedimientos será de oficio o a instancia de los interesados.

  • Fecha de solicitud:En cualquier momento.

Documentación necesaria

A instancia de parte, mediante solicitud que deberá contener los datos personales y los datos sobre situación y daños del inmueble cuya situación se denuncie, sin que la ordenanza haga expresa referencia a los documentos a rellenar o aportar. Si se conoce, se deberá aportar la referencia catastral del inmueble.

Obligaciones económicas

Abono de la tasa por tramitación de expedientes en materia de conservación de la edificación regulada en el art.10 de la Ordenanza Fiscal 15. Se girará con la Resolución en que se dicte la orden de ejecución (120 euros/Resulución)

¿Cómo realizar el trámite?

Procedimiento presencial:

  • PRESENTAR DOCUMENTACIÓN:

    Presentar documentación:
    - En el Registro General de la GMU, sin necesidad de solicitar cita previa. IMPRESCINDIBLE DNI y (en su caso) ACREDITACIÓN DE REPRESENTACIÓN

    - En cualquiera de los Registros señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

    - A través de Registro electrónico del Ayuntamiento de Málaga

    Para las personas jurídicas, profesionales colegiados y sujetos obligados por el art. 14.2 de la Ley 39/2015, a través de: :Registro electrónico del Ayuntamiento de Málaga

    No obstante, las personas físicas pueden, igualmente, utilizar este medio para presentar documentación.

Lugares de tramitación



Legislación aplicable:

  • Norma Estatal

    R.D.L. 7/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Rehabilitación Urbana.
    R.D. 2187/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística. (Parcialmente derogada)

  • Normativa Autonómica

    Constituida por la Ley 7/2002, de 17 de diciembre,de Ordenación Urbanística de Andalucía vigente y en especial en la sección 2ª del Capítulo V, reguladora de las obras de edificación y obras en bienes inmuebles en general, regulándose en los artículos 155 y siguientes el deber de conservación y rehabilitación y en el artículo 157 la situación legal de ruina urbanística. En dicha legislación se contiene así mismo la regulación de la ejecución subsidiaria, las multas coercitivas y el régimen sancionador para los supuestos de incumplimiento.

  • Normativa Local

    La normativa local está contenida en la "Ordenanza de Conservación e Inspección Técnica de las Edificaciones" publicada en el B.O.P. de 25 de noviembre de 2013.