Comunicación de cambio de domicilio, corrección de pequeños errores en datos de filiación (D.N.I., apellidos o nombre) y comunicación de teléfono y/o direcciones de correo electrónico.
El interesado o un tercero debidamente autorizado.
Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria (Artículos 47 y 48)
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Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común (Artículo 16)
Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Cómo se realiza
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Cambio de domicilio o variación de datos personales (impreso autorrellenable)