RECURSOS Y ALEGACIONES. Recurso de reposición contra actos tributarios de recaudación y multas en vía ejecutiva.
Recurso contra actos de aplicación y efectividad de tributos y demás ingresos de derecho público.
¿Quién lo puede solicitar?
El interesado o su representante.
- Fecha de solicitud:1 mes desde el día siguiente a la notificación del acto impugnado.
- Plazo de resolución:1 mes a contar desde el día siguiente a su presentación.
- Plazo de validez y recurso:Contra la resolución expresa o presunta del recurso podrá interponer reclamación económico-administrativa ante el Jurado Tributario.
Documentación necesaria
- A) Escrito o impreso debidamente cumplimentado, en el que deberán constar:
- 1. Las circunstancias personales del recurrente y, en su caso, de su representante, con indicación del número del documento nacional de identidad o del código identificador.
- 2. El órgano ante quien se formula el recurso.
- 3. El acto administrativo que se recurre, la fecha en que se dictó, número del expediente y demás datos relativos a aquel que se consideren convenientes.
- 4. El domicilio que señale el recurrente a efectos de notificaciones.
- 5. El lugar y la fecha de interposición del recurso.
- B) En caso de actuar mediante representación, poder de representación (modelo normalizado).
- C) En el escrito de interposición se formularán las alegaciones tanto sobre cuestiones de hecho como de derecho. Con dicho escrito se presentarán los documentos que sirvan de base a la presentación que se ejercita.
- D) Suspensión: podrá suspenderse la ejecución del acto impugnado mientras dure la sustanciación del recurso cuando se solicite la suspensión y previa prestación de garantía. Las garantías admisibles a elección del recurrente y que habrán de acompañarme al escrito de interposición del recurso, son:
- 1. Depósito.
- 2. Aval.
- 3. Fianza Personal (con los requisitos exigibles por la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación).
Otros datos de interés
Las consultas que necesiten formular respecto a las formas de garantías o requisitos de las mismas podrán realizarlas en el teléfono: 951 92 74 49.
La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución de acto impugnado, con las consecuencias legales consiguientes, incluso la recaudación de cuotas o derechos liquidos, intereses y recargos. No obstante los actos de imposición de sanciones tributarias (exclusivamente) quedarán automáticamente suspendidos conforme a lo previsto en la Ley General Tributaria.
Responsable de la gestion:Subdirección de Asesoría Juridica, Dpto de Recursos e impugnaciones
Avda. Sor Teresa Prat nº 17, 29003 Málaga
Telf.: 951 92 92 92
¿Cómo realizar el trámite?
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Acudir a las oficinas tramitadoras. También la podrá presentar en el Registro General del Ayuntamiento, a través de las dependencias municipales o por los medios previstos en el Artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Entregar la documentación requerida.
- Se tramitará dando traslado a la persona interesada sobre la resolución adoptada.
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
- Acceda al trámite: Recurso de reposición contra actos tributarios.
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
- Iniciar tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.
Lugares de tramitación
-
Edificio Tabacalera - Módulo 1. O.A. Gestión Tributaria
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
17
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 2 - Málaga Este)
CALLE REAL,
18
(DISTRITO ESTE)
-
Junta Municipal de Distrito 11 Teatinos-Universidad - OMAC
CALLE DIEGO LÓPEZ DE ZÚÑIGA,
12
(DISTRITO TEATINOS-UNIVERSIDAD)
-
Junta Municipal de Distrito 10 Puerto de la Torre - OMAC
CALLE VÍCTOR HUGO,
1
(DISTRITO PUERTO DE LA TORRE)
-
Junta Municipal de Distrito 1 Centro - OMAC
CALLE LA MERCED,
1
(DISTRITO CENTRO)
-
Junta Municipal de Distrito 11 Teatinos-Universidad - OMAC
CALLE DIEGO LÓPEZ DE ZÚÑIGA,
12
(DISTRITO TEATINOS-UNIVERSIDAD)
-
Junta Municipal de Distrito 3 Ciudad Jardín - OMAC
CALLE ALCALDE NICOLÁS MAROTO,
18
(DISTRITO CIUDAD JARDIN )
-
Junta Municipal de Distrito 4 Bailén-Miraflores - OMAC
CALLE MARTÍNEZ MALDONADO,
58
(DISTRITO BAILEN-MIRAFLORES)
-
Junta Municipal de Distrito 5 Palma-Palmilla - OMAC
CALLE DOCTOR GÁLVEZ MOLL,
11
(DISTRITO PALMA-PALMILLA)
-
Junta Municipal de Distrito 6 Cruz Del Humilladero - OMAC
CALLE CONDE DE GUADALHORCE,
15
(DISTRITO CRUZ DE HUMILLADERO)
-
Junta Municipal de Distrito 7 Carretera de Cádiz - OMAC
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
15
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
-
Junta Municipal de Distrito 8 Churriana - OMAC
PLAZA DE LA INMACULADA,
11
(DISTRITO CHURRIANA)
-
Junta Municipal de Distrito 9 Campanillas - OMAC
CALLE RAMÍREZ ARCAS,
2
(DISTRITO CAMPANILLAS)
Legislación aplicable:
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. R.D. Legislativo 1/2004 de 5 de marzo
Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Artículo 16.4)
Texto refundido de la Ley de Haciendas Locales. R.D. Legislativo 2/2004 de 5 de marzo
Reglamento Sancionador. R.D. 2063/2004, de 15 de octubre
Ordenanzas Fiscales de cada tributo del Excmo. Ayuntamiento de Málaga