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PLUSVALÍA. Prórroga en la presentación de la declaración por causa de muerte

Prórroga para la presentación de la declaración-autoliquidación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalías) por causa de muerte.
La prórroga habrá de ser solicitada dentro de los seis primeros meses a contar desde el fallecimiento del causante y constará de otros seis meses adicionales de plazo para presentar la declaración-autoliquidación del Impuesto.

¿Quién lo puede solicitar?

Los interesados o sus representantes.

  • Fecha de solicitud:Antes de que finalice el plazo de seis meses desde que se produce el fallecimiento del causante.
  • Plazo de resolución:Un mes.

Documentación necesaria

  • Impreso de solicitud de prórroga debidamente cumplimentado y firmado.
  • Certificado de defunción o Certificado de últimas voluntades o Escritura de herencia.

La prórroga constará de seis meses adicionales para presentar la declaración-liquidación hasta completar un año desde el fallecimiento del causante. La declaración-liquidación del impuesto deberá presentarse antes de la finalización de dicho plazo.
Una vez transcurrido el plazo prorrogado sin que se hubiese presentado la correspondiente declaración-liquidación se aplicarán los recargos por presentación extemporánea y los intereses de demora que correspondan.

Otros datos de interés

Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
www.gestrisam.malaga.eu

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Acudir a las oficinas tramitadoras.
  • Entregar la documentación requerida.
  • Se tramitará internamente su solicitud, enviándole a su domicilio, a través de correo, la información sobre la concesión de la prórroga.

Procedimiento con certificado digital:

  • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
  • Acceda al trámite: Plusvalía. Prórroga en la presentación de la declaración por causa de muerte.
  • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
  • Iniciar tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
  • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
  • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

Lugares de tramitación



Legislación aplicable: