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Uso del recinto Eduardo Ocón para asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

El Recinto Eduardo Ocón es un espacio público al aire libre, gestionado por el Área de Cultura, que se cede para realizar preferentemente actividades culturales, sociales y/o recreativas. El aforo es para unas 500 personas aproximadamente.

¿Quién lo puede solicitar?

Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, siempre y cuando estén incluidas en un Registro Oficial.

  • Fecha de solicitud: En cualquier momento, pero con 30 días mínimo de antelación a la primera fecha a solicitar. Art.9.1 del Decreto 195/2007 de 26 de junio.

Documentación necesaria

1.Solicitud cumplimentada.
2.Autorización de representación voluntaria*
3.Certificado Seguro Responsabilidad Civil*
4. Declaración Jurada y Responsable*
*Estos documentos (incluidos en el apartado Impresos) en pdf, deberán adjuntarse cumplimentados y firmados electrónicamente por quien o quienes corresponda.
5. En el caso de que la actividad requiera para su desarrollo la instalación de escenarios, tarimas, carpas, instalaciones electromecánicas recreativas, tribunas o graderíos, así como los elementos accesorios a todas las instalaciones antes mencionadas, se deberá además presentar, y antes de la celebración de la actividad, en su expediente en la sede electrónica o enviándolos a recintoeduardoocon@malaga.eu, los documentos siguientes:
a) Certificado de solidez estructural firmado por técnico competente.
b) Certificado de instalación eléctrica firmado por instalador electricista autorizado en el que se garantice el cumplimiento del reglamento electrotécnico de baja tensión

Obligaciones económicas

No existen obligaciones económicas

¿Cómo realizar el trámite?

Procedimiento con certificado digital:

  • Se recomienda asegurarse de que la fecha a solicitar está disponible el Recinto Eduardo Ocón, para eso puede llamar al 951928761 / 951926168 o enviar un correo a recintoeduardoocon@malaga.eu
  • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta:ver requisitos.
  • Acceda al trámite en la sede electrónica.
  • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario
  • Cumplimentar y firmar la solicitud y restos de impresos siguiendo los pasos indicados
  • Subsanar la documentación en el caso de ser requerida por la Administración y esperar la respuesta de la Administración en MI CARPETA.

Legislación aplicable:

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

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  • Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.

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  • Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública

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  • Decreto 195/2007, de 26 de junio. Procedimiento para la autorización de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales que se celebren en zonas de dominio público y en espacio abiertos de aforo indeterminado.

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  • Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.

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  • Ordenanza para la limpieza de espacios públicos y gestión integral de los residuos sólidos urbanos.

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  • Decreto 109/2005, de 26 de abril, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

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