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Becas para deportistas individuales

La presente convocatoria tiene por objeto la regulación del procedimiento de concesión de becas para atender a deportistas malagueños representando a la Federación Española correspondiente en competiciones oficiales internacionales, no profesionales, en cualquiera de las categorías establecidas, así como deportistas individuales de élite, por resultados en competiciones internacionales absolutas, siempre que sean organizadas por una Federación Deportiva reconocida por el Consejo Superior de Deportes y/o el Comité Olímpico Internacional.

¿Quién lo puede solicitar?

La participación en esta convocatoria está circunscrita, exclusivamente, a deportistas de especialidades individuales con residencia en Málaga capital con proyección internacional en el momento de presentación de solicitud Organizadas por una Federación Deportiva reconocida por el Consejo Superior de Deportes y/o el Comité Olímpico Internacional.

  • Fecha de solicitud:El plazo de presentación de las solicitudes será 15 días hábiles a partir del día siguiente de su publicación en el BOP.
  • Plazo de resolución:El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses desde la publicación de esta convocatoria en el boletín correspondiente.
  • Plazo de validez y recurso:La resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso conforme al artículo 123 de la Ley 39/2015, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier acción que estime conveniente.

Documentación necesaria

Para iniciar el trámite presentar:
1.- Fotocopia de la Licencia Federativa en vigor o documento oficial federativo equivalente.
2.- Certificación Oficial emitida por la Federación Nacional correspondiente. Becas para deportistas individuales
3.- Anexo I Aportación Datos Bancarios (Recomendable para evitar retrasos en la tramitación del pago de la subvención si procede).
4.- Solicitud de Becas
5.- Anexo III una vez resuelta la convocatoria de Becas para deportistas individuales
Más información en el artículo 7 de la Convocatoria de Becas para deportistas individuales

Silencio Administrativo

  • Efecto: Desestimatorio
  • Órgano de instrucción: Dirección General del Área, o en su defecto, la persona que ostente la Jefatura del Servicio de Planificación del Área de Deporte, esta última también asumirá dicha función en caso de vacante o ausencia de dicho órgano directivo.
  • Órgano de resolución: La competencia para la resolución del procedimiento de concesión de becas del Área de Deporte corresponde al Concejal Delegado del Área de Deporte.

¿Cómo realizar el trámite?

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • - Cumplimentar el formulario de solicitud y la documentación adicional.
  • - Personarse en alguna de las oficinas de tramitación y entregar la solicitud y la documentación adicional.
  • - El Ayuntamiento tramitará su solicitud y requerirá documentación si es incompleta o defectuosa. Deberá ser respondida en un plazo de 10 días desde su notificación.
  • - La propuesta de resolución provisional se le notificará a los interesados mediante exposición en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento, localizado en la página WEB de este Ayuntamiento.
  • - Desde la publicación en el tablón se dispone de 10 días para la presentación de alegaciones.
  • - La resolución definitiva será notificada debidamente a los interesados a los efectos previstos en la normativa de aplicación.

Procedimiento con certificado digital:

  • - Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos
  • - Acceda al trámite: http://sede.malaga.eu.
  • - Se solicitará la elección del certificado digital de usuario
  • - Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
  • - Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración. En un plazo de 10 días desde su notificación.
  • - La propuesta de resolución provisional se le notificará a los interesados mediante exposición en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento, localizado en la página WEB de este Ayuntamiento.
  • - Desde la publicación en el tablón se dispone de 10 días para la presentación de alegaciones.
  • - La resolución definitiva será notificada debidamente a los interesados a los efectos previstos en la normativa de aplicación.
  • - Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

Lugares de tramitación



Legislación aplicable:

  • Las Bases de Ejecución del Presupuesto, del Excmo. Ayuntamiento de Málaga para 2023.

    Bases de Ejecución del Presupuesto, del Excmo. Ayuntamiento de Málaga para 2023

  • Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones

    Puede consultar la Ley aquí

  • RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre

    Puede consultar la Ley aquí

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

    Puede consultar la Ley aquí

  • Bases de ejecución presupuestaria 2025

    Puede consultar la Ley aquí

  • Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Málaga

    Puede consultar la Ley aquí