Beca artística malagueña en la Casa de Velázquez
Convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de la Beca artística malagueña en la Casa de Velázquez para regular la estancia y realizar un proyecto artístico en la Casa de Velázquez de Madrid durante el curso 2024-2025.
La finalidad es secundar económicamente la formación de jóvenes artistas plásticos de Málaga.
Fuera de plazo
¿Quién lo puede solicitar?
Serán beneficiarios de esta beca las personas que cumplan los requisitos estipulados en esta convocatoria.
Podrán concurrir a esta beca artística malagueña, de manera individual, todas las personas físicas, artistas plásticos o visuales, mayores de edad (entre los 18 y 40 años cumplidos antes del 31 de diciembre de 2024) y nacidos o empadronados en la provincia de Málaga desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria.
No podrán obtener la condición de beneficiarios de las becas las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.
Los beneficiarios de la beca están sujetos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Fecha de solicitud: Del 24 de julio de 2024 al 13 de agosto de 2024, ambos inclusive
Documentación necesaria
1.- Solicitud
2.- Volante de empadronamiento en la ciudad de Málaga
3.- Currículum vitae
4.-Portfolio artístico resaltando la evolución del trabajo del artista de 8 páginas máximo y resaltando las razones que incitan al candidato a presentarse
5.- Descripción del proyecto a ejecutar durante la Beca.
Para cumplimentar esta documentación consultar el punto 3 de la Convocatoria.
Pulse aquí para ver la Convocatoria
Obligaciones económicas
Estar al corriente en sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Málaga, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
¿Cómo realizar el trámite?
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Entregar la solicitud, adjuntado los demás documentos indicados en las Bases de la Convocatoria que podrán presentarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- El fallo de esta beca, mediante resolución, se hará público a través de la web municipal
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos
- Acceda al trámite en la sede electrónica
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario
- Cumplimentar y firmar la solicitud y seguir los pasos indicados firmando la solicitud on-line
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración
- El fallo de esta beca, mediante resolución, se hará público a través de la web municipal
Lugares de tramitación
-
Área de CULTURA
ALAMEDA PRINCIPAL,
23
(DISTRITO CENTRO)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 2 - Málaga Este)
CALLE REAL,
18
(DISTRITO ESTE)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 7 - Carretera de Cádiz - 2)
CALLE DONOSO CORTÉS,
8
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
-
Edificio Tabacalera - Módulo 1. O.A. Gestión Tributaria
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
17
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
-
Edificio Múltiple de Servicios Municipales
PASEO DE ANTONIO MACHADO,
12
(DISTRITO CENTRO)
- Sede de la Junta Municipal de Distrito 11 Teatinos-Universidad
-
Junta Municipal de Distrito 1 Centro - OMAC
CALLE LA MERCED,
1
(DISTRITO CENTRO)
-
Junta Municipal de Distrito 3 Ciudad Jardín - OMAC
CALLE ALCALDE NICOLÁS MAROTO,
18
(DISTRITO CIUDAD JARDIN )
-
Junta Municipal de Distrito 4 Bailén-Miraflores - OMAC
CALLE MARTÍNEZ MALDONADO,
58
(DISTRITO BAILEN-MIRAFLORES)
-
Junta Municipal de Distrito 5 Palma-Palmilla - OMAC
CALLE DOCTOR GÁLVEZ MOLL,
11
(DISTRITO PALMA-PALMILLA)
-
Junta Municipal de Distrito 6 Cruz Del Humilladero - OMAC
CALLE CONDE DE GUADALHORCE,
15
(DISTRITO CRUZ DE HUMILLADERO)
-
Junta Municipal de Distrito 7 Carretera de Cádiz - OMAC
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
15
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
-
Junta Municipal de Distrito 8 Churriana - OMAC
PLAZA DE LA INMACULADA,
11
(DISTRITO CHURRIANA)
-
Junta Municipal de Distrito 9 Campanillas - OMAC
CALLE RAMÍREZ ARCAS,
2
(DISTRITO CAMPANILLAS)
-
Junta Municipal de Distrito 10 Puerto de la Torre - OMAC
CALLE VÍCTOR HUGO,
1
(DISTRITO PUERTO DE LA TORRE)
-
Ayuntamiento de Málaga (Casa Consistorial)
AVENIDA DE CERVANTES,
4
(DISTRITO CENTRO)
-
En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. Ley 39/2015.
En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
En las oficinas de asistencia en materia de registros
En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
Documentación
Legislación aplicable:
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Publicas
Circular 1/2024 Guía Justificación Subvenciones
Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Málaga
Bases de la convocatoria