Convocatoria específica de Subvenciones en Régimen de competencia competitiva / Igualdad de Oportunidades / Pacto de Estado 2025
El objeto de esta convocatoria es la regulación de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, con cargo a los fondos provenientes del Pacto de Estado contra la Violencia de Género para el año 2025, a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que trabajen la igualdad de género, tanto la prevención con grupos de riesgo como la intervención en casos de violencia machista.
Estas subvenciones tienen por finalidad el apoyo a asociaciones y entidades sin ámimo de lucro que, complementando la actuación que la administración local realiza en el ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres, y en materia intevención integral para las mujeres víctimas de violencia machista, promuevan las siguientes acciones:
a) La atención psicológica y educativa a menores víctimas de la violencia machiesta, con sus madres, con el objeto de paliar los efectos de la violencia de género.
b) La atención a mujeres provenientes de la trata con fines de explotación, así como a sus hijos e hijas, con atenciones a sus necesidades sociales, psicológicas, educativas, laborales, jurídicas y habitacionales que les permitan salir de la situación de vulnerabilidad y su integración socioeconómica.
c) La prevención de la violencia machista en el ocio nocturno y en eventos públicos, con el objeto de concienciar e identificar las conductas de riesto que llevan a la violencia machista y sus consecuencias, en la población general y, en particular, en la juvenil.
Fuera de plazo
¿Quién lo puede solicitar?
En función de las actividades definidas en los proyectos, las líneas objeto de subvención son:
LÍNEA1: Actuaciones de atención psicológica y educativa a menores víctimas de la violencia machista, que incluyan en dicha atención a sus madres.
LÍNEA2: Actuaciones dirigidas a mujeres provenientes de la traba con fines de explotación, así como a sus hijos e hijas, con atenciones a sus necesidades sociales, psicológicas, educativas, laborales, jurídicas y habitacionales.
Podrán ser solicitante/beneficiaria las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que trabajen en el ámbito de la igualdad de género en la ciudad de Málaga con colectivos afectados por la violencia machista que, cumpliendo con los requisitos generales establecidos en los artículos 5.3 y 6 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Málaga,además BASES
- Fecha de solicitud: Podrá presentar su solicitud desde el viernes día 6 de febrero del 2026 al lunes día 16 de febrero del 2026, *AMBOS INCLUSIVE*
- Plazo de resolución:El plazo máximo para resolver y notificar será de 6 meses desde la pùblicación de esta convocatoria en el BOP.
- Plazo de validez y recurso:Contra la resolución se podrá interponer Recurso Contencioso Administrativo y con carácter previo y potestativo Recurso de Reposición.
Documentación necesaria
En Sede Electrónica: a) Deberán cumplimentar el formulario de solicitud disponible en el trámite de subvención en Sede Electrónica del Ayuntamiento de Málaga y adjuntar el modelo de proyecto contemplado en la misma. b)Junto al formulario, deberán aportar las declaraciones responsables referidas en el artículo 6.1 de la convocatoria así como toda la documentación solicitada, acreditativa de los requisitos previstos.
Obligaciones económicas
La entidad beneficiaria debe de aportar como mínimo el 10% del total coste total del proyecto.
Silencio Administrativo
- Órgano de instrucción: La competencia para la instrucción del procedimiento de esta convoctoria recaerá sobre la Dirección General del Área de Derechos Sociales, Igualdad, Accesibilidad y Políticas Inclusivas
- Órgano de resolución: La competencia para la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones de esta convoctoria corresponde al Concejal Delegado del Área de Derechos Sociales, Diversidad, Igualdad y Accesibilidd
¿Cómo realizar el trámite?
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
- Acceda al trámite en la sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga: http://sede.malaga.eu.
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
- Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.
Documentación
Legislación aplicable:
Presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Málaga para el año actual.
Puede consultar la Ley aquí
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Puede consultar la Ley aquí
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Puede consultar la Ley aquí
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Puede consultar la Ley aquí
Ordenanza General de Subvenciones, aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno y publicada en el BOP nº 213, de 8 de noviembre de 2022.
Puede consultar la Ley aquí
