Inscripción en Consejos Sectoriales y Territoriales
Los Consejos Sectoriales y Territoriales son Órganos de Participación municipales de colaboración, deliberación y asesoramiento, con capacidad para realizar propuestas y de los que forman parte representantes de las administraciones, agentes sociales, así como asociaciones, entidades y ciudadanos del municipio, a través de los cuales se hace efectiva la participación y el acercamiento de la ciudadanía a los asuntos de interés público local.
¿Quién lo puede solicitar?
Pueden solicitar pertenecer a los Consejos las asociaciones y entidades debidamente registradas, cuyo objeto se encuentre directamente relacionado con la temática del Consejo o con la ubicación territorial y que sean admitidas en el mismo previa correspondiente solicitud.
Del mismo modo se puede solicitar a título individual para el Consejo Territorial de Distrito.
- Fecha de solicitud:
En cualquier momento.
Documentación necesaria
Solicitud de inscripción en el impreso establecido al efecto.
Procedimiento presencial solo para peticiones de vecinos a título individual para el Consejo Territorial de Distrito.
Obligaciones económicas
Ninguna.
¿Cómo realizar el trámite?
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Cumplimentar el formulario de solicitud
- Personarse en alguna de las oficinas de tramitación y entregar la solicitud
- La solicitud será remitida al distrito correspondiente
- Esperar la respuesta de la Administración
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta:Ver requisitos
- Acceda al trámite en la sede electrónica y pulse en el botón 'Acceder con certificado'.
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
- Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.
Lugares de tramitación
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Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 2 - Málaga Este)
CALLE REAL,
18
(DISTRITO ESTE)
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Ayuntamiento de Málaga (Casa Consistorial)
AVENIDA DE CERVANTES,
4
(DISTRITO CENTRO)
-
Junta Municipal de Distrito 1 Centro - OMAC
CALLE LA MERCED,
1
(DISTRITO CENTRO)
-
Junta Municipal de Distrito 3 Ciudad Jardín - OMAC
CALLE ALCALDE NICOLÁS MAROTO,
18
(DISTRITO CIUDAD JARDIN )
-
Junta Municipal de Distrito 4 Bailén-Miraflores - OMAC
CALLE MARTÍNEZ MALDONADO,
58
(DISTRITO BAILEN-MIRAFLORES)
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Junta Municipal de Distrito 5 Palma-Palmilla - OMAC
CALLE DOCTOR GÁLVEZ MOLL,
11
(DISTRITO PALMA-PALMILLA)
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Junta Municipal de Distrito 6 Cruz Del Humilladero - OMAC
CALLE CONDE DE GUADALHORCE,
15
(DISTRITO CRUZ DE HUMILLADERO)
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Junta Municipal de Distrito 7 Carretera de Cádiz - OMAC
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
15
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
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Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 7 - Carretera de Cádiz - 2)
CALLE DONOSO CORTÉS,
8
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
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Junta Municipal de Distrito 8 Churriana - OMAC
PLAZA DE LA INMACULADA,
11
(DISTRITO CHURRIANA)
-
Junta Municipal de Distrito 9 Campanillas - OMAC
CALLE RAMÍREZ ARCAS,
2
(DISTRITO CAMPANILLAS)
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Junta Municipal de Distrito 10 Puerto de la Torre - OMAC
CALLE VÍCTOR HUGO,
1
(DISTRITO PUERTO DE LA TORRE)
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Junta Municipal de Distrito 11 Teatinos-Universidad - OMAC
CALLE DIEGO LÓPEZ DE ZÚÑIGA,
12
(DISTRITO TEATINOS-UNIVERSIDAD)
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Alternativamente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga, así como en oficinas de Correos, representaciones diplomáticas/consulares de España en el extranjero, oficinas de asistencia en materia de registros, o en cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Puede consultarlo en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP.
Legislación aplicable:
Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana. (Aprobado por Pleno Municipal de 30-05-2024 y publicado en BOP nº 139 de 18-07-2024)
Este reglamento municipal recoge en los Títulos VI y VII, todo lo relativo a estos Consejos.
Puede consultar la Ley aquí