MULTAS ORD.CONVIVENCIA Y OTRAS (no Tráfico). Sustitución del pago de la sanción por medidas alternativas.
Sólo es aplicable a las infracciones a la Ordenanza para la Garantía de la CONVIVENCIA CIUDADANA, no a las de TRÁFICO ni a ninguna otra.
¿Quién lo puede solicitar?
IMPORTANTE:
Este trámite NO es de aplicación a las infracciones de TRÁFICO.
Si lo usa para ellas será inadmitido y archivado directamente.
- La persona denunciada.
- También lo puede hacer su representante legal:
- En el caso de menores de edad. el padre, madre o tutor.
- En otro caso, aquél a quien la persona denunciada otorgue su representación.
- Fecha de solicitud:
En cualquier momento, hasta un mes después de imponerle sanción (habrá recibido la notificación del documento NOTIFICACIÓN DE IMPOSICIÓN DE SANCIÓN). - Plazo de resolución:
Durante el mes siguiente a la solicitud será convocado o se le comunicará su inadmisión.
Documentación necesaria
- Solicitud cumplimentada.
- Los menores de edad, fotocopia del libro de familia.
- En caso de presentarlo un representante, este documento firmado por él y por la persona denunciada digitalmente o en persona ante un funcionario de esta Administración.
- Ciudadanos españoles: No tienen que aportar copia del DNI pues esta Administración podrá comprobar su identidad, pero si se opone a ello entonces sí deberá aportarlo y además argumentar su oposición.
- Ciudadanos de la Unión Europea: documento de identidad de su país.
- Ciudadanos de otras nacionalidades: NIE o pasaporte.
Otros datos de interés
- Este trámite sólo es aplicable a las infracciones a la Ordenanza para la Garantía de la CONVIVENCIA CIUDADANA, no a las de TRÁFICO ni a ninguna otra. De solicitarlo para éstas, será inadmitido.
- Requisitos:
- La persona denunciada ha de tener menos de 30 años.
- La infracción ha de ser LEVE.
- No haber disfrutado de esta posibilidad por una infracción similar.
- Por cada 50 euros de sanción corresponderán 2 horas de actividad. La sanción ya se habrá minorado previamente si aplicaban bonificaciones.
- Es conveniente indicar un número de teléfono o una dirección de correo electrónico para comunicarle ágilmente la fecha y lugar de la actividad a realizar.
- La admisión implica que la persona denunciada reconoce su responsabilidad en la infracción.
¿Cómo realizar el trámite?
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Acudir a las oficinas tramitadoras y entregar la documentación necesaria.
Procedimiento con certificado digital:
- Por internet con certificado digital en su Carpeta Ciudadana.
Lugares de tramitación
-
Edificio Tabacalera - Módulo 1. O.A. Gestión Tributaria
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
17
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Málaga Centro)
CALLE LA MERCED,
1
(DISTRITO CENTRO)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Puerto de la Torre)
CALLE VÍCTOR HUGO,
1
(DISTRITO PUERTO DE LA TORRE)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 2 - Málaga Este)
CALLE REAL,
18
(DISTRITO ESTE)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Ciudad Jardín)
CALLE ALCALDE NICOLÁS MAROTO,
18
(DISTRITO CIUDAD JARDIN )
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Bailén-Miraflores)
CALLE MARTÍNEZ MALDONADO,
58
(DISTRITO BAILEN-MIRAFLORES)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Palma-Palmilla)
CALLE DOCTOR GÁLVEZ MOLL,
11
(DISTRITO PALMA-PALMILLA)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Cruz de Humilladero)
CALLE CONDE DE GUADALHORCE,
15
(DISTRITO CRUZ DE HUMILLADERO)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Carretera de Cádiz)
AVENIDA DE SOR TERESA PRAT,
15
(DISTRITO CARRETERA DE CADIZ)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Churriana)
PLAZA DE LA INMACULADA,
11
(DISTRITO CHURRIANA)
-
Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (Campanillas)
CALLE RAMÍREZ ARCAS,
2
(DISTRITO CAMPANILLAS)
-
Junta Municipal de Distrito 11 Teatinos-Universidad - OMAC
CALLE DIEGO LÓPEZ DE ZÚÑIGA,
12
(DISTRITO TEATINOS-UNIVERSIDAD)
Documentación
Legislación aplicable:
Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora por comisión de infracciones leves competencia del Ayuntamiento de Málaga (REPSIL)
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas